En marzo de este año, el Consejo de Estado de Francia, tribunal que conoce del caso presentado por varias asociaciones ecologistas, ordenó al Gobierno que cerrara las zonas de pesca del Golfo de Vizcaya durante periodos adecuados en un plazo de 6 meses, con el fin de limitar las muertes accidentales de delfines y marsopas. A raíz de esta decisión, la Secretaría de Estado del Mar prohibió la pesca con determinadas redes durante 4 semanas en 2024, 2025 y 2026. Para 2024, la orden de prohibición preveía una serie de excepciones.
El Consejo de Estado, que conoce de nuevo del asunto, ha dictaminado en procedimiento sumario que estas excepciones eran demasiado amplias para que la prohibición de pesca tuviera un efecto suficiente sobre las capturas accidentales como para tener alguna posibilidad de reducir la mortalidad de los pequeños cetáceos a un nivel sostenible a partir de 2024. También señaló que la red de cerco pelágico no estaba incluida en la lista de redes de alto riesgo cuyo uso está prohibido, a pesar de que es responsable de un número significativo de capturas accidentales de delfines.
Por estas razones, el juez de medidas provisionales del Consejo de Estado ha suspendido parte de esta orden.
El 20 de marzo de 2023, el Consejo de Estado había ordenado al Gobierno que cerrara las zonas de pesca en el Golfo de Vizcaya durante periodos adecuados en un plazo de 6 meses, a raíz de una petición de varias asociaciones ecologistas. El objetivo de estos cierres era limitar el número de muertes de delfines comunes, delfines mulares y marsopas comunes causadas por capturas accidentales durante las operaciones de pesca, y garantizar así un estado de conservación favorable para estas especies en el Atlántico nororiental, de conformidad con las obligaciones derivadas de la legislación europea en materia de pesca y de la Directiva sobre hábitats de 1992.
Buques de 8 metros y más
En una orden de 24 de octubre de 2023, el Secretario de Estado del Mar prohibió a los buques de 8 metros o más equipados con determinadas redes (arrastre pelágico, arrastre de fondo a la pareja, trasmallo, red de enmalle de cuña) faenar en el Golfo de Vizcaya del 22 de enero al 20 de febrero de 2024, 2025 y 2026. Para 2024, se prevén excepciones para los buques equipados con dispositivos acústicos de disuasión o cámaras a bordo, así como disposiciones más flexibles en caso de fallo de estos dispositivos o para los armadores que se hayan comprometido a equiparse con ellos. La orden del Secretario de Estado fue impugnada con carácter de urgencia ante el Conseil d’État por varias asociaciones ecologistas.
El juez de medidas cautelares del Consejo de Estado señaló que las excepciones previstas afectarían a un gran número de buques y, por tanto, limitarían los efectos de la prohibición de pesca en 2024.
De hecho, las evaluaciones científicas indican que una veda de cuatro semanas sólo acercará la tasa de mortalidad de los pequeños cetáceos a un nivel sostenible si se aplica a todas las actividades de alto riesgo. El juez de medidas provisionales también señaló que las excepciones previstas con carácter transitorio hasta 2024 no estaban justificadas ni por su carácter incentivador ni por las limitaciones para su aplicación.
También señaló que el auto impugnado no incluye las jábegas pelágicas (redes utilizadas en superficie para rodear bancos de peces) entre las artes de alto riesgo cuyo uso se prohíbe durante este periodo, a pesar de que estas redes fueron responsables de un número importante de capturas accidentales de delfines en el Golfo de Vizcaya entre 2019 y 2021 según un informe del Consejo Internacional para la Exploración del Mar (CIEM). Además, el decreto pone fin, sin compensarlo con otras medidas, a la experimentación de dispositivos acústicos de disuasión acompañados de cámaras a bordo de los buques de enmalle (buques que utilizan redes de enmalle y redes de enredo).