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sábado, noviembre 23, 2024
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La flota vasca podrá pescar 2,3 millones de kilos de caballa

El Gobierno español ha fijado las cuotas provisionales en tanto se negocian con Londres las definitivas. Permite la pesca dirigida de caballa a la flota del País Vasco, pero la del resto del Cantábrico solo podrá capturarla de forma accesoria.

La flota vasca conoce oficialmente la cantidad de verdel o caballa que podrá capturar, provisionalmente, un total de 2.612.023 kilogramos, que es la suma de los topes de los dos terriorios que ya pueden realizar pesca dirigida.

Para el resto de la flota del Cantábrico que no es ni de arrastre ni de cerco únicamente está abierta la caballa o verdel para la captura accesoria de la especie. Se considera accidental cuando el porcentaje pescado no llega al 20 % del total de la marea. Si supera esa porción, se entenderá que es pesca dirigida y esta está prohibida salvo en el caso de los buques del País Vasco. Cuándo podrán hacerlo el resto de los buques es algo que todavía debe determinarse y pactar cada sector en su correspondiente comunidad autónoma.

En principio, conocer las posibilidades de caballa de las que dispondrá este año cada segmento de flota era lo más urgente. Los pescadores de Gipuzkoa y Bizkaia conocen los volúmenes de captura, según la resolución que publicó la Secretaría General de Pesca. España dispondrá de 17.000 toneladas, de las que ya se han descontado 5.500, las que se detraen para pagar la multa por sobrepesca de años anteriores, para la pesca de verdel o xarda.

Las negociaciones del postbrexit, que han dejado pendientes de fijar los totales admisibles de captura (TAC) y cuotas de 119 stocks que la UE y el Reino Unido comparten en el Atlántico nororiental, están complicando incluso la gestión de otros caladeros que no son los de Gran Sol. El Cantábrico, sin ir más lejos. La flota que faena en esa zona, como también la del golfo de Cádiz, tendrá que conformarse por ahora con cuotas provisionales, que publicó el Ministerio de Agricultura y Pesca en el Boletín Oficial del Estado (BOE). 

Cuotas de merluza, rape, gallo y cigala

En la resolución figura el cupo inicial de merluza, así como las de rape, gallo y cigala que no deberían ser alteradas más que por los intercambios de topes que se suelen hacen para cubrir las necesidades reales de la flota. Pero en el caso del jurel, la bacaladilla y la caballa, no ha quedado más remedio que repartir la parte proporcional que se acordó en el Consejo de Ministros de diciembre: el 65 % del TAC fijado para el 2020.

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