El Diario Oficial de la UE ha publicado la orden que establece las normas de compensación de las paradas temporales de los buques afectados por la salida del Reino Unido de la Unión Europea.
Publicada en el Diario Oficial el domingo 2 de mayo, esta orden llega poco más de una semana después del acuerdo político obtenido de la Comisión Europea para esta ayuda, que es compatible con el régimen de ayudas estatales. No exige un engorroso proceso administrativo. Los armadores ya pueden presentar sus solicitudes a la dirección marítima interregional a la que pertenecen hasta el 19 de julio. Su solicitud debe abarcar al menos 25 días de paro, que pueden dividirse en períodos de al menos 5 días.
El contenido del decreto se corresponde en su conjunto con las últimas conversaciones que ha mantenido con el Ministerio», afirma Jean-Luc Hall, secretario general del Comité Nacional de Pesca Marítima y de Altura (CNPMEM). Pero sabemos, como vimos con las ayudas al covid-19 el año pasado, que el proceso administrativo no permitirá un tratamiento completo de los expedientes antes de varios meses. «Y, por tanto, no supondrá un impulso financiero a corto plazo.
Además, el periodo de cese que se tiene en cuenta para beneficiarse de esta medida se fija del 1 de enero al 30 de junio, con efecto retroactivo. Y el pago sólo se hará al final del periodo de paro, con la posibilidad de un pago intermedio después de 40 días, no antes. «Pero debido a la falta de visibilidad, muy pocos barcos han hecho escala durante los primeros meses del año, salvo los que no han podido hacerse a la mar por falta de tripulación», continúa Jean-Luc Hall.
Los armadores desean que el periodo de elegibilidad se prolongue más allá de finales de junio. El ministerio no descarta esta posibilidad, que requeriría un decreto complementario antes de este plazo si se decide.