europa-azul.es London Escorts sunderland escorts
lunes, octubre 14, 2024
Inicio Sector Pesquero El Instituto Social de la Marina establece nuevos precios para todos sus...

El Instituto Social de la Marina establece nuevos precios para todos sus servicios

El Instituto Social de la Marina ha establecido nuevos precios para todos sus servicios sean los de atención sanitaria, formación, hospedería, o los de los mismos desplazamientos logísticos y de atención o los de los centros extranjeros, de gran importancia para el sector pesquero.

La Orden ESS/2489/2013, de 19 de diciembre, por la que se establecen los precios públicos de determinados servicios prestados por el Instituto Social de la Marina, está siendo un instrumento eficaz de gestión. No obstante, en el tiempo transcurrido se han modificado las circunstancias de la prestación y el conjunto de servicios que se regulan.

Durante este periodo ha surgido la necesidad de regular el procedimiento de recaudación de los citados precios públicos, la actualización de los mismos, así como establecer los sujetos responsables del pago.

También se ha producido la incorporación de nuevos servicios prestados por el Instituto Social de la Marina, como son la edición y publicación de las guías sanitarias en formato papel, que, al igual que con el acceso a los manuales de formación marítima, su precio público se ha establecido atendiendo a las características de las mismas: complejidad técnica de la materia y extensión de los contenidos y teniendo como referencia los precios de mercado.

De otra parte, la escasa demanda de determinados servicios prestados por los buques de apoyo sanitario y logístico aconseja excluirlos de valoración económica, teniendo en cuenta la irrelevancia de su coste.

Por lo expuesto, se hace necesario la actualización y sistematización de la normativa específica que regula los precios públicos de determinados servicios prestados por el Instituto Social de la Marina, elaborando un nuevo texto en el que, además, se incorporen diversos preceptos encaminados a mejorar la gestión y el control adecuado del cobro de los precios fijados a los mismos. Esta orden viene a sustituir a la Orden ESS/2489/2013, de 19 de diciembre.

En la elaboración de esta orden se han tenido en cuenta los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia regulados en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.


 Hospedería
a) Habitaciones*: 
 Habitación doble, día.9,15
 Habitación individual, día.6,30
 Habitación doble ocupada por una persona, día.7,30
 Cama supletoria, día.2,30
b) Lavandería y planchado de ropa: 
 Prendas superiores (camisa, camiseta, jersey).1,20
 Prendas inferiores (pantalón, falda, etc.).1,75
 Mono, vestido, pijama y similares1,60
 Prendas interiores, calcetines (par), pañuelos y toallas.0,60
 Cazadora, chaqueta y similares.4,60
c) Taquillas: 
 Depósito objetos personales (hasta un máximo de 30 días consecutivos).7,35
d) Servicio de duchas. 
 * Política de cancelación de reservas.1,00
 – Se podrá cancelar una reserva gratuitamente hasta 12 horas antes del día de llegada (mediante teléfono, fax y correo electrónico). 
 – Transcurrido dicho plazo, se considerará como servicio prestado, facturándose los servicios correspondientes al primer día de llegada. 
2. BUQUES DE APOYO SANITARIO Y LOGÍSTICO 
a) Servicios médicos: 
 Desplazamiento de la lancha auxiliar con personal sanitario al buque demandante de asistencia sanitaria.160,00
 Consulta ambulatoria a bordo del buque demandante de asistencia sanitaria (incluye pruebas diagnósticas y tratamiento médico aplicado).111,95
 Consulta ambulatoria a bordo del buque asistencial (incluye pruebas diagnósticas y tratamiento médico aplicado).169,70
 Traslado en lancha auxiliar del trabajador atendido al buque demandante tras consulta ambulatoria u hospitalización a bordo del buque asistencial.160,00
 Hospitalización a bordo (por día de estancia y cama ocupada*) (incluye las prestaciones de todos los servicios y gastos que origine, excepto conexiones de telemedicina).505,00
 Hospitalización en UCI (por día de estancia y cama ocupada*) (incluye las prestaciones de todos los servicios y gastos que origine, excepto conexiones de telemedicina).1.257,15
 Consultas de telemedicina simples para interconsulta con médicos especialistas del hospital de referencia (no incluye el coste en minutos de la conexión vía satélite).104,00
 Consultas de telemedicina complejas para interconsulta con médicos especialistas del hospital de referencia (no incluye el coste en minutos de la conexión vía satélite)300,00
 Conexiones vía satélite para telemedicina: según la tarifa contratada vigente en el momento de la conexión (/minuto). 
 Traslado del paciente para evacuación a puerto mediante el buque asistencial (precio por hora de navegación).541,65
 Acompañamiento de médico en medio aéreo de evacuación (/hora de vuelo).326,55
 Acompañamiento de enfermería en medio aéreo de evacuación (/hora de vuelo).236,70
 (*) Se entenderá «por día de estancia y cama ocupada», cuando el paciente se encuentre ingresado en el hospital a la hora censal (las 0 horas). 
 Cuando el paciente ocupe una cama de la sala de hospitalización pero no produzca estancia, es decir, sea dado de alta antes de la hora censal, se le facturará esa prestación por el 50% de lo que correspondería por una estancia y cama ocupada. 
b) Operaciones de evacuación de personas: 
 Por cada desplazamiento de embarcaciones auxiliares.160,00
 Por estancias a bordo de las personas evacuadas (por persona y día).30,00
c) Apoyo logístico: 
 Servicio de aguadas, reparaciones eléctricas, electrónicas o mecánicas.534,40
 Remolque por milla navegada.*91,70
 * Se considera como millas navegadas, las millas marinas recorridas por el buque desde el punto geográfico en que se inicia el remolque, hasta el punto en que cesa el mismo. La fracción de milla se considerará milla completa. 
3. DIRECCIONES PROVINCIALES Y LOCALES 
a) Uso de instalaciones para actividades sociales o formativas de las entidades 
 Aula teórica, día.48,00
 Taller, día.90,00
 Salón de actos, día.110,00
 Piscina, día.72,00
45,00
b) Reconocimientos médicos de embarque marítimo.45,00
4. CENTROS DE FORMACIÓN 
a) Habitaciones: 
 Los precios de los servicios de habitaciones serán los mismos que los establecidos para las hospederías en el apartado 1.a) de este anexo. 
b) Servicio de comedor. 
 Comida o Cena.*
 Desayuno.*
 * Para cada Centro Nacional el precio será el de adjudicación a la empresa suministradora del servicio. 
c) Uso de instalaciones. 
 Los precios por el uso de las instalaciones serán los mismos que los establecidos para las Direcciones Provinciales y Locales en el apartado 3. a) de este anexo. 
d) Cursos de formación profesional marítima. 
 Hora experto docente.59,45
 Hora lectiva.61,10
 Complemento del precio de la hora lectiva por utilización de equipos reales de contraincendios, supervivencia y embarcaciones.79,45
 Complemento del precio de la hora lectiva por utilización de simuladores.40,85
 Complemento del precio de la hora lectiva por utilización de talleres.37,00
 El precio del curso será el resultado de sumar: 
 El importe de multiplicar el importe de la hora de experto docente por el número de horas que el experto o expertos que imparten el curso. 
 El importe de multiplicar el importe de la hora lectiva por el número de horas lectivas de que consta el curso. 
 El importe de multiplicar el importe de los complementos enumerados por el número de horas de su utilización. 
e) El coste por alumnos será el resultado de dividir el coste del curso por el número de alumnos. 
5. CENTROS ASISTENCIALES EN EL EXTRANJERO 
a) Servicio de comedor: 
 Comida o cena.5,55
 Desayuno o merienda.1,20
b) Los precios de los servicios de habitaciones, lavandería y planchado de ropa, taquillas y duchas, serán los mismos que los establecidos para las hospederías en el apartado 1 de este anexo. 
 * Política de cancelación de reservas: 
 – Se podrá cancelar una reserva gratuitamente hasta 12 horas antes del día de llegada (mediante teléfono, fax y correo electrónico). 
 Transcurrido dicho plazo, se considerará como servicio prestado, facturándose los servicios correspondientes al primer día de llegada. 
6. MANUALES DE FORMACIÓN PROFESIONAL MARÍTIMA Y SANITARIA 
a) Manual del alumno Tipo A (Acceso digital).25,00*
b) Manual del alumno Tipo B (Acceso digital).20,00*
c) Manual del alumno Tipo C (Acceso digital).15,00*
 * Impuestos y gastos de distribución no incluidos. 
7. GUIAS SANITARIAS 
a) Guía sanitaria a bordo (Formato papel).30,00*
b) Guía sanitaria a bordo versión reducida (Formato papel).20,00*

Consultar BOE:https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2020-15866

Artículos relacionados

Lo más popular