La Coalición Internacional de Asociaciones de Pesca (ICFA) no está de acuerdo con una petición instada por el Dr. Rashid Sumaila y el Dr. Daniel Pauly, ambos de la Universidad de Columbia Británica, que piden la prohibición de toda pesca comercial en alta mar y la declaración de esas aguas como Zona Unidas.
La carta abierta se dirige a las partes en el Acuerdo de las Naciones Unidas sobre la Biodiversidad Marina de las Zonas Fuera de la Jurisdicción Nacional (BBNJ) de las Naciones Unidas, también conocido como el Tratado de la Alta Mar, y afirma que la pesca en alta mar es insostenible y poco rentable.
La pesca en alta mar, cuando se gestiona con una ciencia y una normativa suficientes, es una oportunidad para proporcionar proteínas saludables, sostenibles y bajas en carbono a una población en rápido crecimiento.
En su Informe sobre el estado mundial de la pesca y la acuicultura de 2022, la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO) determinó que las Naciones Unidas (FAO) determinó que el 82,5% de las pesquerías mundiales han alcanzado la sostenibilidad biológica en volumen, frente al 78,7% del informe de 2020. La ciencia pesquera y las estrategias de gestión siguen el equilibrio entre la conservación marina y el máximo aprovechamiento sostenible, garantizando que los beneficios de este recurso de este recurso renovable a largo plazo.
Unos 3.000 millones de personas en todo el mundo dependen del marisco como fuente primaria de proteínas.
Además, el Grupo de Alto Nivel de las Naciones Unidas para una Economía Oceánica Sostenible informa de que la producción de productos del mar produce hasta 250 veces menos carbono por kilogramo.
En lugar de una prohibición total de la pesca en alta mar, que no se basa ni en la ciencia ni en la economía, el ICFA pide lo siguiente
a) Mejorar y ampliar la gestión de la pesca en todas las jurisdicciones con el objetivo de eliminar la pesca INDNR y lograr una producción 100% sostenible.
a) Mejora y ampliación de la gestión pesquera en todas las jurisdicciones con el objetivo de eliminar la pesca INDNR y lograr una producción 100% sostenible.
b) Aplicación efectiva del Acuerdo de la OMC sobre Subvenciones Pesqueras.
c) Una mayor participación de expertos en pesca, así como una mejor consulta entre las delegaciones de BBNJ las delegaciones de la BBNJ y los representantes nacionales de las Agencias de Pesca y los Ministerios de Pesca en el contexto del proceso de negociación de la BBNJ y los futuros procedimientos. contexto del proceso de negociación de la BBNJ y de futuros procedimientos.
d) La exclusión de la pesca del Acuerdo BBNJ, ya que las actividades pesqueras en alta mar deberán seguirán gestionándose a nivel regional en relación con las especies de interés común para las Partes contratantes de un determinado instrumento jurídico, marco u organismo pertinente;
e) Un Acuerdo BBNJ que colabore o coopere eficazmente con las OROP de manera que no menoscabe su ámbito de aplicación, mandato y competencias. En consecuencia, se aplicarse:
- Las AMP identificadas y designadas en el contexto del Acuerdo BBNJ que se solapen con la cobertura de una OROP no regularán las actividades pesqueras.
- No se exigirán EIA a los buques incluidos en el ámbito de aplicación de las medidas de gestión de las OROP. medidas de gestión de las OROP
- Se consultará siempre a las OROP y a sus miembros cuando la COP o cualquier órgano subsidiario BBNJ pretenda adoptar cualquier medida en el ámbito de competencia de dicha OROP
- Una vez que se haya creado una OROP y ésta haya adoptado las correspondientes medidas de gestión medidas de gestión para la gestión de determinada zona en alta mar, toda normativa adoptada en el marco de la BBNJ dejará de estar en vigor.