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sábado, julio 27, 2024
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Redepesca, una gran red entre el sector pesquero y la ciencia de Asturias

Asturias acogió la primera reunión de Redepesca, un organismo constituido recientemente que reúne al Principado, a la sociedad civil y a la comunidad científica para luchar por el sector pesquero asturiano. Redepesca engloba a los profesionales de la pesca, a la comunidad científica, la Universidad de Oviedo, el Instituto Oceanográfico, a ONGs conservacionistas y a profesionales vinculados al sector. En la foto, la primera reunión del colectivo

La Consejería de Desarrollo Rural y Recursos Naturales promueve la red entre el sector pesquero y organismos científicos en el Principado de Asturias (Redepesca). El Reglamento (UE) n.º 508/2014, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de mayo, relativo al Fondo Europeo Marítimo y de Pesca (en adelante FEMP) establece en su artículo 6 las prioridades de la Unión Europea para contribuir a
la estrategia Europa 2020 y a la aplicación de la Política Pesquera Común, en conexión con los objetivos temáticos enumerados en el artículo 9 del Reglamento (UE) n.º 1303/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre, por el que se establecen disposiciones comunes a los Fondos Europeos. En este sentido, el objetivo temático 6 consiste en “conservar y proteger el medio ambiente y promover la eficiencia de los recursos”.

Por otro lado, la prioridad 1 del artículo 6 del citado Reglamento (UE) n.º 508/2014, hace mención a “fomentar una pesca sostenible desde el punto de vista medioambiental, eficiente en el uso de los recursos, innovadora, competitiva y basada en el conocimiento”, desarrollando objetivos específicos entre los que se encuentran: “la reducción del impacto de la pesca en el medio marino, lo que incluirá evitar y reducir, en la medida de lo posible, las capturas no deseadas; la protección y la recuperación de la biodiversidad y los ecosistemas acuáticos; el equilibrio entre la capacidad pesquera y las posibilidades de pesca disponibles; el fomento de la competitividad y la viabilidad de las empresas del sector de la pesca, con inclusión de la pesca costera artesanal y mejora de las condiciones de seguridad y trabajo; el apoyo a la consolidación del desarrollo tecnológico, la innovación, incluido el aumento de la eficiencia energética y la transferencia de conocimientos, y el desarrollo de la formación profesional, de nuevas competencias profesionales y de la formación permanente”.

Dentro de estos objetivos se incluyen acciones dirigidas a la creación de redes, acuerdos de asociación o asociaciones entre uno o varios organismos científicos independientes y el sector pesquero, en las que pueden participar organismos técnicos. El FEMP puede conceder ayudas, tanto a la creación de estas redes o asociaciones, como a las actividades realizadas en el marco de las mismas, pudiendo comprender la recopilación de datos y actividades de gestión, estudios, proyectos piloto, difusión de conocimientos y resultados de investigaciones, seminarios y mejores prácticas. Por su parte, el Programa Operativo español, en su apartado 2.1, valora como una oportunidad del FEMP la coordinación entre organismos científicos y sector, a la vez que considera el refuerzo de la colaboración entre organismos
científicos, organismos gestores y sector como uno de los principales objetivos para obtener un crecimiento sostenible.

El apartado 3.1 de dicho Programa Operativo (prioridad 1) describe la estrategia global para la programación del sector pesquero español, estableciendo que “para garantizar un sector pesquero plenamente competitivo a largo plazo, es necesario acompañar este crecimiento sostenible de un crecimiento inteligente basado en la transferencia de conocimientos y la mejora de las capacidades”, mencionando que para ello se fomentará la colaboración entre organismos científicos y sector. Por último, y con carácter general, es de destacar también la importancia que tanto el FEMP como el
Programa Operativo otorgan al fomento de la participación de la sociedad civil en el desarrollo sostenible de la pesca. En consecuencia, en virtud de las facultades conferidas por el artículo 21.4 de la Ley 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias, el artículo 38 de la Ley 6/1984, de 5 de julio, del Presidente y del Consejo de Gobierno y el artículo 7 de la Ley 8/1991, de 30 de julio, de Organización de la Administración del Principado de Asturias,

Primero.—Constitución de la Red.
La Red entre el sector pesquero y los organismos científicos en el Principado de Asturias (Redepesca) se configura como un instrumento de participación de los agentes relacionados con los recursos marinos, así como de intercambio y transferencia de información y conocimientos entre el sector pesquero, la comunidad científica y la Administración del Principado de Asturias.
Segundo.—Composición.
La composición de Redepesca será la siguiente:
— Presidencia: quien ostente la titularidad de la Dirección General competente en materia de pesca marítima en el Principado de Asturias.
— Vicepresidencia: la vicepresidencia de la Red tendrá carácter rotatorio anual entre el sector pesquero y organismos científicos, asumiéndose inicialmente por una persona designada a tal efecto por los componentes del sector pesquero y, seguidamente, por una persona designada por los componentes de los organismos científicos participantes en Redepesca.

— Secretaría Técnica: la persona titular de la Jefatura de Sección del Centro de Experimentación Pesquera.
Demás componentes:
— Un/a biólogo/a del Centro de Experimentación Pesquera de la Dirección General de Pesca Marítima del Principado de Asturias.
— Dos investigadores/as de cada uno de los siguientes organismos científicos:
— Observatorio Marino de Asturias (OMA) de la Universidad de Oviedo.
— Instituto de Recursos Naturales y Ordenación del Territorio (Indurot) de la Universidad de Oviedo.
— Centro Oceanográfico de Gijón del Instituto Español de Oceanografía (IEO).
— Un/a investigador/a del Servicio Regional de Investigación y Desarrollo Agroalimentario del Principado de Asturias (Serida).
— Un/a representante de la Federación de Cofradías de Pescadores del Principado de Asturias (Fecoppas).
— Un/a representante de las entidades representativas jurídicamente reconocidas del resto del sector pesquero que lo soliciten.
— Representantes de los colectivos del sector pesquero artesanal de las Cofradías de Pescadores, a propuesta de la Fecoppas, pudiendo ser cualquiera de los Patrones mayores de las Cofradías.
— Un/a profesional perteneciente al colectivo de los/las mariscadores/as a pie, a propuesta de Fecoppas.
— Un/a profesional perteneciente a la Asociación de Rederas de Bajura de Asturias.
— Un/a representante de cada Grupo de Acción Local de Pesca (GALP) de Asturias: Río Eo; Navia-Porcía; Entrecabos; Bajo Nalón; Cabo Peñas; Lastres-Punta del Olivo; Oriente.
— Un/a representante del Centro Integrado de Formación Profesional del Mar.
— Un/a representante por cada una de las ONGs o Asociaciones representativas de intereses medioambientales en materia de pesca marítima que así lo soliciten.
Las personas representantes deberán ser designadas por las distintas instituciones y asociaciones, comunicando su designación a la Presidencia de Redepesca.
Podrá invitarse también a las sesiones plenarias y a las reuniones de la Red a representantes de otras organizaciones, ONGs, colectivos, asociaciones o grupos de investigación, investigadores/as o pescadores/as relacionados con la pesca
marítima cuando se considere que su presencia pueda ser de interés.Para dejar de formar parte de Redepesca, bastará con una comunicación en tal sentido a la Presidencia o a la Secretaría Técnica. Para optar a formar parte de la Red, será preciso formular una solicitud en ese sentido.
Se procurará respetar el principio de presencia equilibrada de hombres y mujeres en la composición de este órgano, así como en su modificación o renovación.
Tercero.—Objetivos de la Red.
Los objetivos generales de la Red entre el sector pesquero y organismos científicos en el Principado de Asturias (Redepesca) son los siguientes:
a) Fomentar la participación de todos los agentes relacionados con los recursos marinos en el Principado de Asturias.
b) Facilitar el conocimiento mutuo y mejorar la transferencia de información y conocimientos entre organismos científicos, sector pesquero, representantes de la sociedad civil y de la administración regional, así como la colaboración, el debate y la participación sobre los temas de interés para la sostenibilidad ecosistémica, económica y social de la pesca a escala regional.
c) Señalar líneas de investigación para contribuir de forma eficaz a una gestión sostenible de los stocks y caladeros de pesca en el Principado de Asturias.
Para alcanzar estos objetivos generales se establecen los siguientes objetivos específicos:
a) Promover la participación activa del sector pesquero en proyectos de investigación, muestreos, pruebas tecnológicas, etc.
b) Proporcionar el seguimiento científico necesario para la gestión adaptativa de los recursos marinos en el Principado de Asturias, incorporando el conocimiento ecológico local del sector pesquero en la gestión.
c) Promover estudios piloto, proyectos de investigación, recopilación de datos y acciones de seguimiento que contribuyan a alcanzar, a nivel regional, una gestión sostenible de los stocks y caladeros de pesca, bajo un enfoque
ecosistémico.
d) Difundir los conocimientos y resultados de las investigaciones científicas llevadas a cabo en el marco de la Red.
Realizar seminarios y recomendaciones de mejores prácticas.
e) Realizar y participar en acciones de divulgación científica, sensibilización y capacitación que la Red considere necesarias para avanzar hacia el desarrollo sostenible de los recursos pesqueros en Asturias.
http://www.asturias.es/bopa

Con el fin de alcanzar estos objetivos se realizarán sesiones plenarias y reuniones de Grupos de Trabajo. En las sesiones plenarias se propondrán temas de análisis, iniciativas de trabajo o proyectos de estudio, que deberán ser debatidospor los componentes de Redepesca. Para el desarrollo de los proyectos considerados de interés se crearán Grupos de Trabajo específicos. La gestión y el seguimiento de cada proyecto se llevarán a cabo en las respectivas reuniones de Grupos de Trabajo. Las sesiones plenarias servirán también para exponer los principales resultados de dichos proyectos y como foro de debate de problemáticas de interés general.
Cuarto.—Funciones de los componentes de Redepesca.
La Presidencia tendrá las siguientes funciones:
— Representar a la Red ante toda clase de organismos públicos o privados, pudiendo delegar la representación en la Vicepresidencia o en la Secretaría Técnica.
— Presidir y levantar las sesiones plenarias, así como dirigir las deliberaciones.
— Adoptar cualquier medida urgente que la buena marcha de la Red aconseje o que resulte necesaria o conveniente para el desarrollo de sus actividades, sin perjuicio de dar cuenta posteriormente al plenario.
— Velar por la correcta aplicación de las medidas del artículo 6, Prioridad 1, del Reglamento (UE) regulador del FEMP.
La Vicepresidencia sustituirá a la Presidencia en ausencia de ésta, y tendrá sus mismas atribuciones en materia de representación y organización de la Red.
La Secretaría Técnica desarrollará las siguientes funciones:
— Se encargará del correcto funcionamiento de la Red y de recopilar toda la información trasladada por los diferentes componentes.
— Custodiará la documentación elaborada por la Red.
— Convocará las sesiones plenarias de la Redepesca.
— Levantará Acta de las sesiones plenarias.
— Será la encargada de coordinar la realización de los informes anuales de ejecución, en los que se desarrollarán las actuaciones y progresos alcanzados por la Red y que serán a su vez publicitados en la página web correspondiente
del Principado de Asturias.
Las personas de los organismos científicos, de las asociaciones y colectivos del sector pesquero, Grupos de Acción Local de Pesca y ONGs tendrán los siguientes cometidos:
— Trasladar a la Secretaría Técnica la información relativa a todas las acciones que lleven a cabo dentro del marco de la Red.
— Dar la máxima visibilidad a dichas actuaciones en las páginas web de sus instituciones o asociaciones.
— Colaborar en la organización de las sesiones plenarias, siguiendo las directrices que establezca la Secretaría Técnica.
— Para la realización de estudios o proyectos concretos dentro de la Red, se elegirá un/a coordinador/a por proyecto de entre las personas representantes interesadas en la temática a analizar. Quien coordine el proyecto se responsabilizará de convocar y organizar las reuniones técnicas necesarias del Grupo de Trabajo y mantener informada de su resultado a la Secretaría Técnica. También será responsable de la elaboración de un informe anual de resultados y de trasladarlo a la Secretaría Técnica, para ser incluido en el informe anual de
Redepesca.
Quinto.—Funcionamiento de la Red.
Se realizarán al menos dos reuniones plenarias cada año, una por semestre. Con carácter general, en la sesión plenaria del primer semestre se propondrán y debatirán los proyectos, estudios y actividades de interés para los componentes y se crearán Grupos de Trabajo para elaborar las propuestas. En la sesión plenaria del segundo semestre los Grupos de Trabajo presentarán sus propuestas. El número de reuniones técnicas de los Grupos de Trabajo se decidirán conforme a las necesidades del proyecto y al desarrollo del mismo. Además, en todas las sesiones plenarias los Grupos de Trabajo de proyectos, estudios o actividades puestos en marcha deberán informar del desarrollo de sus trabajos.
Las convocatorias de las reuniones podrán ser realizadas mediante correo electrónico, a los contactos de cada uno de los representantes.
El plazo de convocatoria será, como mínimo, de una semana de antelación para las reuniones técnicas, y de tres semanas de antelación para las sesiones plenarias. A las reuniones de las sesiones plenarias asistirán, mediante convocatoria, todos los componentes de la Red así como las personas invitadas que se estime oportuno.
Se entenderá que la sesión plenaria de la Red está válidamente constituida en primera convocatoria cuando concurran a ella al menos la mitad de sus componentes, y en segunda convocatoria cualquiera que sea el número de ellos.
El Secretariado de la Red elaborará un acta que recogerá, de forma sintética, las principales cuestiones de debate. El acta será trasladada por correo electrónico, en el plazo de un mes después de cada sesión y será aprobada en la siguiente sesión plenaria de la Red.

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