El Consejo de Ministros, a propuesta del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA), ha acordado la modificación del Real Decreto 36/2014, de 24 de enero, por el que se regulan los títulos profesionales del sector pesquero. Mediante la introducción de una disposición adicional en el citado real decreto, se amplían las atribuciones a los patrones de pesca de bajura cuando se dedican a la pesca de atunes y especies afines en determinados periodos del año.
Las pesquerías presentan una alta movilidad que aconseja la ampliación temporal de las atribuciones de los títulos menores de pesca.Los meses de ampliación para la flota que captura el bonito del norte van de junio a septiembre, mientras que para la captura de túnidos y afines en Canarias van de marzo a junio
Las pesquerías del bonito del norte y las que capturan túnidos y afines en Canarias son ampliamente practicadas de manera estacional por la flota pesquera de bajura. Estas pesquerías se caracterizan por presentar una elevada movilidad, lo que hace aconsejable ampliar, de forma temporal, las atribuciones de los títulos menores de pesca para permitirles con ello el seguimiento de los bancos de túnidos cuando se hallan en las proximidades de la costa española.
Los meses de ampliación para la flota que captura el bonito del norte son los comprendidos entre junio y septiembre, mientras que para las flotas que capturan túnidos y afines en Canarias la ampliación abarca la franja de meses de marzo a junio.