El 100 por 100 de los buques atuneros cerqueros congeladores españoles llevan observadores a bordo. Un ejemplo a imitar en el mundo. Su Código de Buenas Prácticas incluye un 100% de cobertura (humano y/o Electronic Monitorig System – EMS) de las actividades de sus atuneros, así como de nuestros barcos de apoyo, en línea con los requerimientos de las Organizaciones Regionales de Pesca WCPFC y IATTC y por encima de los de ICCAT (10%) e IOTC (5%)
Por ello es preciso recordar las Buenas Prácticas que llevan a cabopara una pesca atunera de cerco responsable
Las buenas prácticas tienen como objetivo mejorar las maniobras realizadas en la pesca atunera de cerco que se realiza en todos los Océanos del Mundo y refleja las prácticas que lleva a cabo la flota de OPAGAC/AGAC y ANABAC para mejorar la selectividad de la pesca de cerco atunero de cara a ejercitar una pesca responsable que minimice el impacto de esta pesca sobre el ecosistema marino y se pueda gestionar de una manera sostenible. Este código se firmó en 2012 y es revisado anualmente con el objetivo de incorporar mejoras apoyándose en los más recientes avances en estudios científicos. El acuerdo se basa principalmente en los puntos siguientes:
- El diseño y uso de un FAD (de sus siglas en inglés, fish aggregating devices; dispositivos concentradores de peces) que evite el enmalle de especies asociadas sensibles (principalmente tortugas y tiburones).
- El desarrollo y aplicación de técnicas liberadoras de menor riesgo y que optimicen la supervivencia de especies asociadas, incluyendo material y equipamiento específico.
- La aplicación de un sistema de gestión de FADs a través de la implantación de un cuaderno de pesca de FADs y uso responsable de objetos durante su ciclo de vida.
- 100% cobertura de observadores, incluyendo barcos de apoyo.
- Formación de patrones, tripulación y observadores científicos.
- Verificación por organismos científicos de las actividades relacionadas con las buenas prácticas, y seguimiento continuo mediante un comité revisor.
1.- Diseño de FAD no enmallante
Desde 2012 se ha trabajado con el propósito de consensuar un diseño alternativo de FADs que minimicen el impacto sobre las especies no objetivo, en especial tortugas y tiburones.
Los resultados sientan las bases para la sustitución progresiva de los FADs empleados por la flota de OPAGAC/AGAC y ANABAC por modelos nuevos de FADs no enmallantes, que se ajusten a las características básicas acordadas, entendiendo que estas características supondrán un estándar mínimo a emplear, sin perjuicio de que cada empresa pueda desarrollar y aplicar diseños y materiales que minimicen todavía más el impacto sobre las especies no objetivo y el impacto sobre el medio marino. - COMPONENTES DEL PLANTADO NO ENMALLANTE: MATERIALES Y CARACTERÍSTICAS OBLIGATORIAS.
PARRILLA
Se acuerda que la parrilla del plantado que asegura la flotabilidad del objeto debe:
− estar libre (sin recubrimiento)
− o estar forrada de material no-enmallante (por ejemplo, arpillera o tejido tupido)
− o estar forrada de malla con luz de malla máxima de 7 cm (2.5 pulgadas)
− Si en las Organizaciones Regionales de Pesca (ORPs) se implementaran requisitos más exigentes de los aquí descritos para la construcción de la parrilla o estructura flotante, se adoptarán dichos criterios en el área de competencia de la ORP.
− En las visitas a FADs que son seguidas de un cambio de baliza en propiedad de la flota, se realizará la sustitución de materiales enmallantes por no enmallantes siguiendo los criterios que se definen en el código, siempre que proceda.
RABOS DEL PLANTADO
Todo elemento que cuelgue de la parrilla debe de evitar que produzca enmalle y se podrá fabricar:
− con cabos sueltos,
− o con redes de malla de luz máxima de 7 cm,
− o con redes de luz de malla superiores a 7 cm pero recogidas en “chorizos,
− o con cualquier otro material sin malla (p. ej. toldo).
− asimismo, las estructuras sumergidas podrán llevar adornos (p. ej. hojas de palmeras, paños de red), siempre y cuando no tengan una luz de malla
superior a 7 cm.
− Si en las ORPs se implementaran requisitos más exigentes descritos para la construcción de los rabos o estructura sumergida, se adoptarán dichos criterios en el área de competencia de la ORP.
− En las visitas a FADs que son seguidas de un cambio de baliza en propiedad de la flota, se realizará la sustitución de materiales enmallantes por noenmallantes siguiendo los criterios que se definen en el código, siempre que proceda.
2.- Maniobras de liberación de especies asociadas.
Tiburones
La captura incidental de tiburones, si bien no es significativa a nivel global, comparado con otros artes de pesca, puede reducirse mediante la aplicación de protocolos de manejo y liberación adecuados. Si aparece algún tiburón cuando se está procediendo al embarque de la captura, siguiendo con las directrices de las ORPs
, se liberarán todos aquellos que se detecten en cubierta o en el parque de pesca (siempre y cuando los pueda manipular y liberar una persona), de la manera más rápida y cuidadosa posible, para evitar así el daño potencial del animal, y siempre manteniendo las
precauciones necesarias para preservar la seguridad de la tripulación durante el
proceso de liberación de los animales más peligrosos. En particular, se evita coger los tiburones únicamente por la cola o por las agallas, para evitar daños físicos al animal, así como reacciones peligrosas para los tripulantes. Así mismo se descarta la posibilidad de utilizar lazos o pértigas para liberar los tiburones que aparezcan en superficie. Si se detectan tiburones en el cerco, se intenta sacarlos fuera del cerco empleando el salabardo con el que se embarca la captura, aunque se pierda cierta cantidad de pesca (2-3 toneladas), o en su defecto con algún otro tipo de dispositivo tipo cuna que evite cualquier daño posible. De la misma manera, y siempre que no se pueda liberar a los tiburones de manera inmediata, se recomienda mantener a los animales lejos del sol, mojados y, a ser posible, respirando libremente. Es importante anotar que la flota es totalmente estricta e inflexible en cuanto a la práctica de aleteo de tiburones, estando esta práctica completamente prohibida en sus buques.
Los buques tendrán obligación de disponer de una sarria de red, camilla o lona a bordo, y/o de equipos similares al costado del salabardo, para poder manipular los tiburones más fácilmente cuando se detecten en cubierta. Asimismo, se recomienda la instalación de tolvas en el parque de pesca, para facilitar y agilizar la mejor liberación de los animales.
Una vez liberado el animal, la tripulación comprobará que el comportamiento de éste es normal y registrará la operación en el cuaderno de pesca. En caso de que se observaran comportamiento extraño, se recogerán igualmente en el cuaderno de pesca.
Tortugas marinas
1
ICCAT: Rec 03-10, Rec 04-10, Rec 09-07, Rec 10-06, Rec 10-07, Rec 10-08, Rec 11-08; Rec 14-06, Rec 15-06, Rec 16-12,
Rec 16-13, Rec 17-08, Rec 18-06
IOTC: Res 05/05; Res 12/09; Res 13/06; Res 17/05; Res 18/02
IATTC: Res C-04-05; Res C05-03, Res C11-10, Res C15-04, Res C16-01, Res C16-04, Res C16-05, Res C16-06;
C-19-05; Res 19-06
WCPFC: CMM 2010-07; CMM 2011-04; CMM 2013-08; CMM 2014-05; CMM 2019-04
Siguiendo las recomendaciones existentes en las 4 ORPs2 sobre este grupo
de animales marinos, las tripulaciones deben de intentar por todos los medios liberar
todas y cada una de las tortugas que puedan estar enmalladas en los objetos o en
las redes al cerrar el cerco. En caso de detectar una tortuga enmallada, se debe de
parar inmediatamente la maniobra de virada de la red, evitando de esta forma que
pase el animal pase por el halador. Cuando sea posible, se procede a la liberación
de todos los individuos que se puedan localizar en el interior del cerco, evitando que
se dañen. En caso de que se produzca algún daño en el animal durante la maniobra,
se guarda a bordo en condiciones frescas y húmedas y se verifica que se ha
recuperado exitosamente, antes de ser liberado. Si el animal llevase encima
plásticos o restos de redes, o si tiene un anzuelo de palangre enganchado, se retiran
y/o se desenmallan, aunque no provengan de la actividad propia del barco.
Asimismo, si al visitar un objeto sin realizar lance se encuentra una tortuga
enmallada, se debe de desenmallar y liberar de la misma forma. Las tortugas se
manipulan por el caparazón, evitando sujetar el caparazón justo a la altura de la
cabeza, para proteger las manos de los tripulantes en caso de que el animal retracte
su cabeza. Es importante recalcar que no se debe de manipular el animal por sus
aletas, puesto que estas zonas son sensibles y podrían derivar en el dislocamiento
de estas. Si la tortuga parece no responder a estímulos o está inactiva, se
recomienda ponerla en posición de resucitación, para permitirle que se recupere
más fácilmente si fuese necesario. Esta posición consiste en alzar el animal unos
15 cm por la parte de las patas traseras con un apoyo y boca abajo. Asimismo, se
deberá de mojar de vez en cuando y mantenerla fuera de la exposición directa al
sol.
Con estas prácticas la mortalidad de tortugas marinas en la flota de cerco de
OPAGAC/AGAC y ANABAC es prácticamente nula.
Una vez liberado el animal, la tripulación comprobará que el comportamiento
de éste es normal y registrará la operación en el cuaderno de pesca. En caso de
que se observaran comportamientos extraños, se recogerán igualmente en el
cuaderno de pesca
Mantas y rayas
Si bien la incidencia de estos animales en los lances con objetos es muy baja,
se establece un protocolo muy sencillo y seguro para su liberación en caso de que
Este procedimiento se basa en tratar de sacar los animales fuera del cerco empleando el
salabardo con el que se embarca la captura, aunque se pierda cierta cantidad de
pesca (2-3 toneladas), o en su defecto, con algún otro tipo de dispositivo o
equipamiento específico tipo cuna que minimice cualquier daño posible.
Si no se detecta o no se puede liberar el animal antes de subirlo a bordo, se
libera desde la cubierta. Se recomienda disponer de una sarria, de lonas y/o de
equipos similares al costado del salabardo, para poder manipular las grandes rayas
más fácilmente cuando se detecten en cubierta y liberarlas mediante la ayuda de la
grúa. También existen métodos como la red de cargo o parrillas rígidas con ranuras
amplias que sitúan sobre la tolva y permiten descargar el pescado, mientras que la
raya queda encima y se libera con la grúa al costado. Si por el contrario se liberasen
manualmente, se recomienda evitar cogerlas únicamente por la cola, por las agallas
o por los lóbulos cefálicos, para evitar daños físicos, así como reacciones peligrosas
hacia los tripulantes. En particular, se recomienda evitar la parte trasera de una raya
debido al aguijón venenoso que tienen muchos de estos animales en la cola, y por
lo tanto es preferible manipularla por la parte delantera, alrededor de las aletas
pectorales.
Una vez liberado el animal, la tripulación comprobará que el comportamiento
de éste es normal y registrará la operación en el cuaderno de pesca. En caso de
que se observaran comportamientos extraños, se recogerán igualmente en el
cuaderno de pesca.
Tiburones Ballena o Pintos y grandes Cetáceos
Algunas de las ORPs4 han implementado medidas que prohíben las prácticas de
pesca intencionadas sobre tiburones ballena. Sin embargo, estos animales podrían
ser cercados por la red de forma no intencionada, puesto que muchas veces nadan
lejos de la superficie, dificultando su detección antes del lance. De la misma manera,
los cetáceos son regulados por la UE5
, algunas ORPs
6 y acuerdos privados de
pesca donde se prohíben los lances intencionados a este grupo de especies. La
interacción con cetáceos, principalmente ballenas barbadas, es aislada y no
intencionada. En la mayoría de los casos son cetáceos de gran tamaño (p.ej. ballena
jorobada o Megaptera novaeangliae) que salen del cerco antes de que este se cierre
o escapan rompiendo la red.
Siguiendo las recomendaciones establecidas, con el objetivo de minimizar el
impacto sobre estos grupos de especies que quedan accidentalmente en el interior
del cerco, y a pesar de la dificultad que la maniobra de liberación de pintos o grandes
3
IOTC: Res 19/03
IATTC: Res C-15-04; Best handling Practices for the safe release on Mantas & Mobulids
WCPFC: CMM 2019-05
4
IOTC: Res. 13-04
IATTC: C-19-06
WCPFC: CMM-2012-04
5 EU: EC – No 520/2007 (Art. 29)
6
IOTC: Res. 13-04
WCPFC: CMM-2011-03
cetáceos entraña, la tripulación tomará todas las medidas posibles para evitar el
daño sobre estos animales.
Si se encuentra un tiburón ballena o ballena en el cerco, la red se debe
recoger de manera cuidadosa para aislar al tiburón ballena o ballena en una
pequeña zona del saco. A partir de este momento y dependiendo de las
circunstancias de la mar y el comportamiento del animal, y preservando siempre la
seguridad de la tripulación, se podrán tomar las siguientes medidas:
A) Cuando el animal flota en la superficie
A.1.- Los pescadores deberán de ir recogiendo la red para aproximar el animal hacia
la línea de corchos más cercana. La red deberá de recogerse siempre en el sentido
de cola a cabeza del animal y por la parte ventral, intentando que el animal se
deslice hacia la línea de corchos.
A.2.- Si el animal es pequeño (mínimo 2m de largo) se podrá liberar usando el
salabardo.
A.3.- Liberar la línea de corchos para facilitar la salida del animal, mediante el
hundimiento parcial de la línea de corchos.
A.4.- Esperar que el animal salga nadando por sí mismo de la red.
A.5.- La captura solo podrá ser subida a bordo una vez se haya liberado el animal
de la red.
B) Cuando el animal no aparece en superficie.
Se puede comenzar a embarcar la captura hasta que el animal aparezca en
superficie. En ese momento se dejará de embarcar el atún y se procederá como en
el punto A.
C) Cuando el animal empuja con su cabeza la red antes de bajar el corcho.
Hay ocasiones en las que el animal empuja la red antes de que se pueda
bajar la línea de corchos y resulta difícil hacerle retroceder. En estos casos, desde
el barco se debe de sumergir la línea de corchos mediante maniobras, con pesos,
o unas pértigas o cañas de forma que el animal pueda liberar su cabeza por encima
del corcho.
D) Cuando el animal queda atrapado en el saco con la cabeza orientada hacia
popa
En este caso, la maniobra de intentar liberar al animal sacándolo por encima
del corcho se vuelve más dificultosa, y por lo tanto, la maniobra más efectiva será
la de, una vez situado al animal en el saco, mirar dónde está ubicado el liñón más
próximo a la cabeza del animal, y cortar un par de brazas la unión del liñón para
procurar una ventana a través de la cual deberá salir arriando un poco la red hasta
sumergir dicha ventana.
Con independencia de las circunstancias que hayan concurrido y las medidas
adoptadas para la liberación del animal, la tripulación comprobará que el
comportamiento de éste es normal y registrará la operación en el cuaderno de
pesca. En caso de que se observara un comportamiento extraño, se recogerá
igualmente en el cuaderno de pesca.
3.- Sistema de Gestión de FADs
OPAGAC-AGAC y ANABAC acuerdan cumplir con el sistema de gestión de FADs
adoptado por las administraciones pertinentes y que incluya la recogida de
información sobre las actividades asociadas a los FADs.- 100% cobertura de observadores, incluyendo barcos de
apoyo.
El acuerdo considera necesario y obligatorio tener un 100% de cobertura de las
actividades de los buques de pesca desde el 1 de enero del 2015, y extiende dicha
tasa de cobertura a los barcos de apoyo desde el 1 de enero del 2017. Esta
cobertura converge con los requerimientos de la WCPFC y la IATTC y va más allá
del requerimiento actual del ICCAT (10%) y la IOTC (5%). La información recogida
durante las mareas para verificar el cumplimiento de las buenas prácticas está
registrada por observadores científicos que han recibido formación específica o,
más recientemente, también mediante sistemas de monitoreo electrónico validados
y aprobados por el agente científico que respalda este código, pero en cualquier
caso para los buques cerqueros se debe mantener un mínimo de cobertura de
observadores físicos siguiendo los requisitos de la ORPs. Con respecto a buques
auxiliares, la cobertura podrá ser únicamente de observador electrónico, debido a
los problemas de espacio en estos buques. - Formación de patrones, tripulación y observadores
científicos.
El personal de abordo, tanto profesional de la pesca como observadores científicos,
son formados continua y detalladamente sobre los puntos recogidos en este código
de buenas prácticas, con especial dedicación a las maniobras de liberación y
manejo de especies y la correcta construcción y uso de los FADs. De la misma
manera, el código impulsa la formación de observadores científicos para la correcta
recolección de datos de alta calidad, y propulsa el desarrollo y capacidad de
observadores locales y de terceros países. De la misma manera, estos periodos de
formación son usados para evaluar el correcto seguimiento del programa y conocer
posibles dificultades que vayan apareciendo. - Verificación por organismos científicos de las
actividades relacionadas con las buenas prácticas, y
seguimiento continuo mediante un comité revisor.
Todas las actividades mencionadas en los puntos anteriores son verificadas por un
organismo científico independiente que vela por el correcto funcionamiento del
programa. El organismo científico trabaja para recopilar los datos del 100% de
cobertura, registra la información provista por los diferentes organismos de
observadores y la procesa para ser analizada por barco y marea. Los resultados
son usados para hacer informes semestrales sobre cumplimiento y proporcionar
consejo específico cuando fuese necesario. Asimismo, y con la finalidad de aplicar
mejoras continuas a este código de buenas prácticas, se constituye una Comisión
Revisora, que contará con el asesoramiento científico pertinente y que se reunirá
semestralmente con objeto de velar por su aplicación, buscar soluciones prácticas
a problemas estructurales o puntuales y para mantener actualizado el programa,
siguiendo siempre las recomendaciones y sugerencias proporcionadas por los
asesores científicos.
Este texto es la versión revisada y acordada por los firmantes del Acuerdo de
20 de febrero de 2012 del Código de Buenas Prácticas y sustituye a dicho texto y
su revisión de 2015 y de 2017.