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sábado, diciembre 21, 2024
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Acuerdo sobre la prohibición en la UE de productos fabricados con trabajo forzado

El Parlamento y el Consejo de la UE han alcanzado un acuerdo provisional sobre una nueva normativa que prohíba en el mercado de la UE los productos fabricados con trabajo forzoso. El nuevo reglamento crearía un marco para hacer cumplir esta prohibición, entre otras cosas mediante investigaciones, nuevas soluciones informáticas y la cooperación con otras autoridades y países.

El acuerdo investigará la sospecha de utilización de trabajo forzoso y, si se demuestra, se retirarán los productos del mercado. Se permiteirá abrir una investigación para tener en cuenta si el producto procede de una zona donde existe un alto riesgo de trabajo forzoso impuesto por el Estado. También se acuerda que los productos podrán volver al mercado si se elimina el trabajo forzoso de la cadena de suministro.

Según el texto acordado, las autoridades nacionales o, si se trata de terceros países, la Comisión de la UE, investigarán las sospechas de utilización de trabajo forzoso en las cadenas de suministro de las empresas. Si la investigación concluye que se ha recurrido al trabajo forzoso, las autoridades pueden exigir que se retiren las mercancías en cuestión del mercado de la UE y de los mercados en línea, y que se confisquen en las fronteras. Los bienes deberán donarse, reciclarse o destruirse. Los bienes de importancia estratégica o crítica para la Unión pueden retenerse hasta que la empresa elimine el trabajo forzoso de sus cadenas de suministro.

Las empresas que no cumplan la normativa pueden ser multadas. Sin embargo, si eliminan el trabajo forzoso de sus cadenas de suministro, los productos prohibidos pueden volver a comercializarse.

Bienes y ámbitos de alto riesgo

A instancias del Parlamento, la Comisión elaborará una lista de sectores económicos específicos en zonas geográficas concretas donde exista trabajo forzoso impuesto por el Estado. Esto se convertirá en un criterio para evaluar la necesidad de abrir una investigación.

La Comisión también puede identificar productos o grupos de productos para los que los importadores y exportadores tendrán que presentar detalles adicionales a las aduanas de la UE, como información sobre el fabricante y los proveedores de estos productos.

Herramientas digitales y cooperación, también con terceros países

Se creará un nuevo Portal Único del Trabajo Forzoso para ayudar a hacer cumplir las nuevas normas. Incluye directrices, información sobre prohibiciones, base de datos de zonas y sectores de riesgo, así como pruebas a disposición del público y un portal de denuncias. Una Red de la Unión contra los Productos de Trabajo Forzoso ayudaría a mejorar la cooperación entre autoridades.

La coponente Samira Rafaela (Renovación, NL) dijo: «Esta ley es pionera en el ámbito de los derechos humanos. Impedirá que los productos del trabajo forzoso entren en nuestro mercado.Y contiene varias referencias a la reparación. Es un paso adelante para lograr un comercio justo y limpiar las cadenas de suministro, al tiempo que se da prioridad a los derechos humanos». Para combatir el trabajo forzoso e impuesto por el Estado, debemos trabajar con socios de ideas afines y convertirnos en un fuerte aliado en la lucha mundial contra el trabajo forzoso.»La coponente Maria-Manuel Leitão-Marques (S&D, PT) dijo:»El trabajo forzoso ha sido una realidad durante demasiado tiempo, y sigue siéndolo para demasiadas personas.Se calcula que en 2021 había 27,6 millones de personas afectadas, la mayoría en el sector privado, pero también víctimas del llamado trabajo forzoso patrocinado por el Estado. El acuerdo que hemos alcanzado hoy garantizará que la UE disponga de un instrumento para prohibir en el mercado de la Unión los productos fabricados con trabajo forzoso, así como para hacer frente a las diversas formas de trabajo forzoso, incluso cuando es impuesto por un Estado.»

Próximos pasos

El Parlamento Europeo y el Consejo tendrán ahora que dar su luz verde definitiva al acuerdo provisional. El Reglamento se publicará en el Diario Oficial y entrará en vigor al día siguiente. A partir de entonces, los países de la UE dispondrán de 3 años para empezar a aplicar las nuevas normas.

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