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sábado, noviembre 23, 2024
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Los implicados en la Operación Sparrow2 sancionados con 8,2 millones de euros

El Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente ha resuelto el expediente sancionador 1/2017/SGP, iniciado a raíz de la Operación SPARROW 2, por el que se imponen sanciones económicas por un importe total de 8.261.001 euros, así como inhabilitación para el ejercicio de actividades pesqueras y la prohibición de obtener subvenciones y ayudas públicas.

En esta Operación se inspeccionaron, previa autorización judicial, las sedes de varias empresas en las provincias de A Coruña y Pontevedra, los días 28, 29 y 30 de julio de 2015. Durante dichas actuaciones, desarrolladas por los servicios de inspección del Ministerio, se obtuvo abundante documentación de cuyo análisis se dedujo la existencia de un entramado empresarial presuntamente dirigido a ocultar a las autoridades españolas la propiedad, gestión y explotación, por parte de personas físicas y jurídicas de nacionalidad española, de los buques pesqueros ilegales THUNDER (IMO 6905408) y TCHAW (IMO 6818930).

Ambos buques habían sido identificados por diversos organismos internacionales, como las Comisiones para la Conservación de los Recursos Vivos Marinos Antárticos o en el Atlántico Suroriental como buques implicados en pesca INDNR. Por este motivo, en el año 2010 ambos fueron incluidos en la lista comunitaria de buques de pesca INDNR, aprobada mediante Reglamento UE 468/2010, de la Comisión, de 28 de mayo de 2010.

Con el objeto de obstaculizar la persecución de sus actividades, además de utilizar empresas interpuestas de distintas nacionalidades, los responsables cambiaban habitualmente el nombre de los buques. Así, el buque THUNDER (IMO 6905408) también ha utilizado los nombres BATU I, RAZ, MING NO. 5, WUHAN No 4, KUKO, TYPHOON, TYPHOON-1, RANGE, RUBIN, ARTIC RANGER y VESTURVON, mientras que al TCHAW (IMO 6818930) también se le conoce como VIKING, REX, CONDOR, INCA, CISNE AZUL, PESCAMEX IV, PESCAMEX III, AROSA CUARTO y PESCACISNE 1.

En la actualidad, ambos buques se encuentran inoperativos. En concreto, el buque THUNDER se hundió frente a las costas de Santo Tomé y Príncipe en abril de 2015, razón por la cual ha desaparecido de la lista comunitaria de buques ilegales. Por su parte, el buque TCHAW accedió en octubre de 2010 al puerto de Vigo sin la necesaria autorización de la Secretaría General del Mar, actual Secretaría General de Pesca, razón por la cual se sancionó a los responsables del buque que pudieron ser identificados con multas de 100.000€, 12.000€ y 3.000€.

Actualmente, el buque permanece parado en el puerto de Vigo ya que, al tratarse de un buque incluido en los listados de buques INDNR, no es posible la prestación de servicio portuario alguno que permita su salida.

SANCIONES

La Resolución sancionadora ha declarado responsables a las personas jurídicas españolas participantes del entramado (FRIGORIFICOS FLORINDO E HIJOS SL, BACAMAR SA y PESQUERA PIÑEIRO SL), así como a 8 personas físicas vinculadas a éstas, responsables de varias infracciones por mantener relaciones de diversa naturaleza con estos buques, prohibidas tanto por la normativa nacional como por la comunitaria y la internacional.

Estas sanciones alcanzan un total de 8.261.001 euros, a las que se unen las sanciones de inhabilitación para el ejercicio de actividades pesqueras que van entre los 11 y los 12 años, y la prohibición de obtener subvenciones y ayudas públicas que van entre los 12 y los 14 años.

Sanciones económicas por la participación en la gestión de buques implicados en la pesca INDNREncabezado tabla  Encabezado tabla
FRIGORIFICOS FLORINDO E HIJOS SL 1.200.000 €
BACAMAR SA 1.200.000 €
PESQUERA PIÑEIRO SL 1.200.000 €
8 PERSONAS FÍSICAS 4.660.001 €
TOTAL SANCIONES 8.260.001 €

LUCHA CONTRA LA PESCA ILEGAL

La pesca INDNR es una de las mayores amenazas para la explotación sostenible de los recursos acuáticos vivos y es una gran amenaza para la biodiversidad marina. Por este motivo, el derecho comunitario prohíbe expresamente que los nacionales de los Estados Miembros presten cualquier tipo de ayuda a la pesca INDNR, o se beneficien directa o indirectamente de la actividad de los buques incluidos en la lista comunitaria de buques de este tipo de actividad pesquera.

Ante dichas prácticas, ha resultado clave el cambio normativo realizado por la Ley 33/2014 que refuerza las competencias del MAPAMA en la lucha contra la pesca INDNR al permitir la realización de inspecciones fuera de los buques y de las instalaciones de carácter estrictamente pesquero, previa obtención de autorización judicial cuando así fuese oportuno.

Esta Resolución pone de manifiesto, una vez más, la firme voluntad de España de luchar contra la pesca ilegal, mediante el control de los buques de bandera española, sus aguas, sus puertos y las importaciones de productos de la pesca procedentes de terceros países. También mediante el ejercicio de su responsabilidad sobre todos sus nacionales, ya se trate de personas físicas o jurídicas, evitando cualquier tipo de participación o de apoyo a la Pesca INDNR por parte de éstos, utilizando para ello todos los instrumentos que la legislación española, comunitaria e internacional pone a su disposición.

Se continúa así la senda marcada con la primera Operación Sparrow, que desembocó en un expediente sancionador por el que el Ministerio impuso sanciones por un valor superior a 16 millones de euros, así como inhabilitaciones para el ejercicio de actividades pesqueras de entre 5 y los 23 años, y la prohibición de obtener subvenciones y ayudas públicas durante periodos que van entre los 5 y los 26 años, por la vinculación de personas físicas y jurídicas españolas con los buques ilegales KUNLUN (IMO 7322897), YONGDING (IMO 9042001), SONGHUA (IMO 9319856) y TIANTAI (IMO 7905039).

Asimismo, como resultado de la Operación Sparrow 2, ya se había tramitado un primer expediente sancionador en relación con la vinculación de personas físicas y jurídicas españolas con los buques ilegales VIKING (IMO 8713392) y SEABULL 22 (IMO 6803961), que finalizó con la imposición de sanciones económicas por un valor superior a 5 millones de euros, e inhabilitaciones para el ejercicio de actividades pesqueras de entre 5 y los 11 años, y la prohibición de obtener subvenciones y ayudas públicas durante periodos que van entre los 5 y los 12 años.

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