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domingo, noviembre 24, 2024
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La Xunta aprueba el plan de gestión de la centolla y el buey

La Xunta de Galicia ha aprobado el plan de gestión de la centolla y el buey. Tanto la centolla (Maja brachydactyla) como el buey (Cancer pagurus) son dos especies de crustáceos decápodos presentes en las costas de Galicia y en su mayoría capturados por la flota artesanal que trabaja con redes de enmalle.

El Plan de Gestión incluye la veda de la centolla, uno de los productos con mayor peso en las lonjas de la comarca, que se ha puesto en marcha a partir de las 00.00 horas en las provincias de Pontevedra y A Coruña, y se extenderá hasta el 6 de noviembre, cuando la flota dedicada a la captura de este crustáceo regrese al mar con vistas a la campaña navideña. La prohibición de faenar en la zona que va desde Estaca de Bares al río Eo, incluyendo la Ría do Barqueiro, comenzará una semana más tarde, el próximo sábado, si bien aquí se extenderá hasta el 27 de noviembre.

Así queda establecido en la resolución que salió publicada en el Diario Oficial de Galicia con la aprobación del plan de gestión de la centolla y del buey para la campaña 2021-2022. En el caso del buey la veda se prolongará en todo el litoral de la comunidad autónoma desde las 00.00 horas del sábado 28 de agosto hasta el sábado 6 de noviembre. Durante este periodo de veda queda expresamente prohibida la captura de estas especies por cualquier arte. De hecho, los barcos que se dedican a la centolla y al buey con nasas deberán retirarlas de su calamento y llevarlas a puerto. El objetivo de la veda es contribuir al incremento de la biomasa y a regular la pesquería de la centolla y del buey, a fin de ajustar la gestión pesquera al ciclo de vida de ambas especies, protegiendo la reproducción de las mismas.

La ordenación pesquera de estas especies de crustáceos decápodos debe basarse en el ciclo vital de cada uno de ellos. Son especies migratorias que viajan a lo más profundo para aparearse, y luego regresar a áreas menos profundas para realizar el desove. En el caso de la centolla, los individuos adultos migran a la zona más de profundidad para aparearse durante los meses de septiembre y octubre. Durante los meses de Diciembre y enero regresan a la costa. Las hembras de centolla tienen dos períodos de puesta durante todo el año. El primero, y el más importante, ocurre entre los meses de Febrero y junio, y se alcanzan los valores máximos de hembras ovadas (> 25%). El segundo el período de desove ocurre en septiembre, justo a principios de otoño. Este período es mucho más corto que el de primavera y, ya para el mes de octubre, el porcentaje de hembras oval disminuye hasta en un 10%.

El ciclo migratorio de los bueyes en aguas gallegas es menos conocido, aunque son muy similares, para la centolla, solo el buey es menos abundante en nuestras costas, además de ser capturado a mayores profundidades. Esta especie no es objeto de una pesquería específica, pero que constituye una especie acompañante capturada con artes que tiene como objeto una captura de otros crustáceos o en el caso de artes multiespecies.


En los últimos años se ha demostrado que la prohibición del cangrejo araña, cuando incluye meses de que el número de hembras ovadas es alto, puede ayudar a aumentar la biomasa reproductiva

También se aprueban medidas contra la concentración de capturas y la consiguiente caída de precios al inicio de la campaña extractiva.


Para la elaboración del nuevo plan de manejo de centolla y buey se recibieron propuestas de la Federación Provincial de Cofradías de Pescadores de A Coruña, de la Federación Provincial de Cofradías de Pescadores de Lugo y Federación Provincial de Cofradías de Pescadores.

Fundamentos técnicos y legales.
Ley 11/2008, de 3 de diciembre, de pesca en Galicia, modificada por la Ley 6/2009, de 11 de diciembre, establece en el artículo 6 que “La política de la Administración Comunitaria Autónoma de Galicia tendrá como objetivos en relación con la conservación y gestión de recursos pesqueros y de mariscos, incluyendo: 1. El establecimiento y regulación de medidas encaminadas a la conservación, gestión y explotación responsable y racional y sostenibilidad de los recursos marinos vivos (…) ”. Decreto 15/2011, de 28 de enero, por el que se regulan los aparejos, aparatos, herramientas, Equipos y técnicas permitidos para la extracción profesional de recursos marinos. que vive en aguas de competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia, regula el uso del arte nasa para centolla en los artículos 134 a 137 (inclusive).

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