Náutica deportiva

La declaración digital de capturas en la pesca recreativa llega, pero a plazos

La nueva obligación europea de reportar electrónicamente, cada día, determinadas capturas de pesca recreativa entra en vigor en 2026, pero su despliegue está siendo escalonado. La Comisión ha lanzado RecFishing para 13 países, mientras España se desmarca con su propio sistema (PescaREC) y supedita la obligatoriedad plena a la publicación de una orden en el BOE, al tiempo que introduce un margen de 24 horas para declarar y permite delegar el trámite en un representante.

Desde el 10 de enero de 2026, nuevas medidas derivadas del Reglamento de Control pesquero revisado obligan a que, cuando se practique pesca recreativa de especies sujetas a medidas de conservación específicas, el pescador registre y comunique sus capturas electrónicamente y de forma diaria. La Comisión insiste en que el objetivo no es añadir restricciones nuevas, sino mejorar el conocimiento y la transparencia sobre una actividad que moviliza a millones de ciudadanos y que, hasta ahora, se medía con datos fragmentarios.

La letra es común, pero la práctica no: la UE ha optado por un modelo “federado”, en el que cada Estado miembro mantiene la responsabilidad del despliegue y el calendario. Resultado: la obligación existe, pero la herramienta y la puesta en marcha real varían según el país.

RecFishing: la app comunitaria para 13 países… con estreno gradual

Para contener costes y evitar que cada país “reinvente la rueda”, la Comisión ha desarrollado RecFishing, un sistema digital europeo con servidor central (para datos agregados) y aplicación móvil (para que el aficionado registre capturas). El proyecto se impulsó a petición de 13 Estados costeros y se construyó con participación de administraciones, científicos y representantes del sector recreativo.

Pero aquí aparece la palabra clave: despliegue controlado y gradual. Bruselas reconoce que la disponibilidad de la app se está realizando por fases, país a país, y que los pescadores serán informados por sus autoridades nacionales cuando esté operativa en sus tiendas de aplicaciones.

Los 13 países que han solicitado/confirmado el uso de RecFishing son: Bélgica, Chipre, Dinamarca, Francia, Alemania, Irlanda, Italia, Malta, Países Bajos, Polonia, Portugal, Rumanía y Suecia.

España: PescaREC, un camino propio… y una entrada en vigor vinculada al BOE

España figura entre los nueve países que no usarán la app de Bruselas y aplicarán sistemas nacionales (junto a Bulgaria, Croacia, Estonia, Finlandia, Grecia, Letonia, Lituania y Eslovenia).

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha desarrollado PescaREC y, según sus propias instrucciones, la app será obligatoria a partir de la fecha de publicación en el BOE de la orden que regule estas declaraciones electrónicas y fije su entrada en vigor.

Mientras ese encaje normativo termina de aterrizar, el ministerio ha difundido una guía que, en la práctica, flexibiliza el “cómo”:

  • No hay que declarar en el mismo momento de la captura: el registro debe realizarse en un plazo máximo de 24 horas desde la finalización de la jornada de pesca recreativa.
  • No es imprescindible llevar el móvil con la app instalada: el pescador puede delegar la declaración en “otra persona física o jurídica” que actúe en su nombre, debidamente autorizada.

Además, España mantiene su particularidad competencial: en aguas exteriores el cauce estatal es único, y en aguas interiores la comunidad autónoma competente puede autorizar el uso de PescaREC para evitar duplicidades.

Galicia: la Xunta valida PescaREC para las aguas interiores

En el caso gallego, la Xunta ha optado por validar el uso de PescaREC para que los aficionados puedan declarar también capturas realizadas en aguas interiores, evitando que el recreativo tenga que manejar dos herramientas distintas según la línea de base.

Qué se declara… y qué se queda fuera (por ahora)

La obligación no es “de todo lo que pique”, sino de las especies que estén bajo medidas de conservación aplicables específicamente a la pesca recreativa (cuotas, cupos, vedas, tallas, etc.), con la casuística que determine cada autoridad nacional. La Comisión remarca que el detalle —especies, tiempos y particularidades— lo fijan y lo explican los Estados.

En España, la propia guía de PescaREC señala que las especies obligatorias se identificarán como de declaración obligatoria dentro de la aplicación, para que el pescador tenga la lista actualizada sin depender de interpretaciones.

Y es ahí donde encaja el mensaje que está circulando en los puertos: no todo (por ejemplo, cefalópodos como el calamar) entraría en la obligación inmediata si no está sujeto a esas medidas específicas; esta lectura ha sido destacada en informaciones de prensa sectorial.

El trasfondo: control, ciencia… y fricción social

Bruselas y los Estados miembros persiguen un objetivo legítimo: conocer el impacto real de una actividad masiva para afinar la gestión. Pero la implantación está abriendo una brecha clásica: el choque entre control digital y la realidad social de la afición (edad, conectividad, hábitos, pesca desde costa, salidas espontáneas).

De ahí que el diseño final —plazos, delegación del trámite, comunicación clara sobre especies afectadas— esté siendo el campo de batalla. España, al dar 24 horas y permitir representación, trata de desactivar dos miedos concretos: el “tengo que declarar con el pez aún en la mano” y el “si no tengo smartphone, estoy fuera”.


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