La nueva norma nacional de ordenación de la flota pesquera trata de imprimir mayor seguridad y mejorar la calidad de vida de los tripulantes. La flota española tien un margen con un 22 % inferior a las 423.550 toneladas y un 20 % a los 964.826 kilovatios de límite marcados por la Unión Europea. Con poco más de 7.800 buques operativos podrá seguir disminuyendo porque la incorporación de nuevas unidades requiere aportar capacidad, por lo general del mismo censo. Una de las grandes novedades es la creación de una bolsa pública con una parte de las 94.000 toneladas y de los 192.000 kilovatios disponibles para que los armadores puedan mejorar la habitabilidad de los tripulantes y la seguridad a bordo o cambiar los motores por otros más eficientes, según publica La Voz de Asturias.
En este sentido dirigentes del departamento nacional de Ordenación Pesquera han informado a representantes de organizaciones del sector del margen de la bolsa de capacidad con la de los barcos de baja definitiva que no hayan sido empleados para nuevas construcciones. A ese fondo común no se incorporarán las toneladas y los kilovatios cuya retirada haya recibido ayudas públicas. Del resto, Pesca pondrá a disposición de los armadores interesados el máximo posible mediante una convocatoria pública oficial. Los armadores podrán solicitar toneladas y kilovatios que deberán emplear en un plazo determinado. De lo contrario, las recuperará.
En este objetivo de facilitar las inversiones para mejorar la vida y la seguridad a bordo y dotar a la flota de propulsores energéticamente más eficientes se trata de alentar el cambio de motores. Por ello, Pesca permitirá aumentar la capacidad de los barcos con toneladas y kilovatios de censos distintos al suyo si el incremento final no supera el 10 %.
Durante los últimos años, decenas de barcos de bajura se han sumado a la costera del bonito, un balón de oxígeno económico para marineros con posibilidades limitadas en sus pesquerías habituales. Porque suelen faenar agrupados y con buques de mayor porte, se les consentía alejarse del litoral más de lo que legalmente podrían. El nuevo real decreto de ordenación pesquera regulariza esa práctica habitual.
En la normativa española se establece que artes menores de nueva construcción han de tener al menos 5 metros de eslora y contar con un motor intraborda. Y los cerqueros en Galicia y el resto del Cantábrico deben medir al menos 11 metros de eslora. Los barcos más pequeños podrán faenar hasta a 140 millas de distancia de la costa, 80 más que las 60 habituales. Se medirán desde las líneas base rectas; esto es, desde una marca imaginaria trazada entre los puntos más salientes del litoral. Solo en la campaña bonitera, a los patrones locales de pesca y los patrones de pesca local se les permitirá ir al mando de barcos de hasta 16 metros y distanciarse hasta 45 millas de la costa. Sus titulaciones los habilitan para ser patrones en embarcaciones de hasta 12 metros que no se alejen más de 12 millas de tierra.
Entre otras novedades de reglamento español de ordenación de la flota pesquera beneficiará directamente a los percebeiros y a los extractores de erizo, navajas, poliquetos y similares. Ahora están incluidos en la lista tercera del Registro de Matriculaciones de Buques del Ministerio de Transportes, como todos los destinados a la pesca o al marisqueo. Pero en cuanto entre en vigor la nueva normativa podrán pasar a la lista cuarta, la de buques auxiliares y acuicultura, «siempre y cuando no estén equipados para la explotación comercial de los recursos biológicos marinos».
De acuerdo con las explicaciones ofrecidas por la Dirección General de Ordenación Pesquera a representantes de cofradías y de organizaciones de productores y armadores, una vez en la lista cuarta podrán incrementar la potencia propulsora y, además, su tonelaje y sus kilovatios dejarán de contabilizar en la capacidad pesquera nacional. La suya podrá aportarse como baja adicional, no principal, para nuevas incorporaciones a la flota.
Por otro lado, los pesqueros precisarán autorización para operar más de tres meses seguidos fuera de su puerto base.
Oficialmente, el puerto base de un pesquero español que faena en el caladero nacional es aquel donde suele iniciar y finalizar sus mareas, embarcar tripulantes, pertrecharse y vender sus capturas. Si pesca en aguas internacionales, su base en España es aquella donde comercializa los productos, donde está domiciliado el armador o donde radica la sede de la empresa. Que realmente esos criterios normativos no siempre se cumplen lo confirma el Ministerio de Pesca, que ultima cambios porque considera «necesario mejorar ciertos aspectos» de la norma actual. Uno de los más relevantes obligará a contar con autorización oficial a las embarcaciones que operen de forma continuada más tres meses en un puerto distinto al suyo.
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