LUIS GIL DE SOLA INSTITUTO ESPAÑOL DE OCEANOGRAFÍA
El llamado Plan plurianual de gestión de los recursos demersales del Mediterráneo (Junio 2019) editado por la Unión Europea establece las nuevas normas para la Política Pesquera Común (PPC), con la que debe contribuir a la protección del medio ambiente marino, a la gestión sostenible de todas las especies que se explotan comercialmente y, en particular, a la consecución de un buen estado medioambiental en 2020. Para alcanzar los objetivos de la PPC, procede adoptar medidas de conservación tales como planes plurianuales, medidas técnicas y establecer y asignar el esfuerzo pesquero máximo admisible.
Los dictámenes científicos y técnicos emitidos anualmente por la UE, se presentan, discuten y se consensuan en el grupo de expertos llamado STECF (Comité Científico, Técnico y Económico de la Pesca), para luego presentar los resultados a la aprobación del Consejo. El STECF ha constatado, desde años, que la explotación de muchas especies demersales en el Mediterráneo occidental, supera con creces los niveles de Rendimiento Máximo Sostenible (RMS) analizados por los expertos, y es aquí donde se establece un plan plurianual de conservación y explotación sostenible de las especies demersales en el Mediterráneo occidental. Este plan fue aprobado por España, Francia e Italia.
«Dicho plan debe tener en cuenta el carácter mixto de esta pesca y la dinámica entre las diversas especies capturadas: la merluza (Merluccius merluccius), el salmonete de fango (Mullus barbatus), el alistado o moruno (Aristaeomorpha foliacea), la gamba blanca (Parapenaeus longirostris), la gamba roja del Mediterráneo (Aristeus antennatus) y la cigala (Nephrops norvegicus). Asimismo, deben tener en cuenta las capturas accesorias efectuadas en pesquerías demersales y otras especies demersales sobre las que no se dispone de datos suficientes. Debe aplicarse a la pesca demersal (en particular, redes de arrastre, redes de fondo, trampas y palangres) practicada en aguas de la Unión o por buques de la Unión fuera de aguas de la Unión en el Mediterráneo occidental». Lo anterior se recoge en el Reglamento UE 2019/1022)
El plan se basará en un régimen de gestión del esfuerzo pesquero destinado a contribuir al logro de los objetivos de la PPC , en particular aplicará el criterio de precaución a la gestión pesquera, y tendrá como objetivo asegurar que la explotación de los recursos biológicos marinos vivos restablezca y mantenga las poblaciones de especies capturadas por encima de los niveles que puedan producir el RMS. De igual manera contribuirá a eliminar los descartes, y el plan aplicará, a la gestión pesquera, un enfoque ecosistémico a fin de garantizar que las actividades pesqueras tengan un impacto negativo mínimo en el ecosistema marino, tal y como se debe actuar por la Directiva de las Estrategias Marinas (Directiva 2008/56/CE)
El Plan propuesto no tiene ningún resquicio de insensatez política o técnica. Corrobora lo dicho, lo discutido por el sector y los ecologistas durante la última década, e inicia el camino a seguir por el Sector pesquero, el control de la Administración y la investigación oceanográfica (pesquerías) Los eurodiputados españoles aprobaron estas medidas el año pasado y pueden leerse en el Reglamento 2019/1022.
A partir de estas directrices el Ministerio de Agricultura ha aprobado la Orden APA/423/2020, de 18 de mayo, por la que se establece un plan de gestión para la conservación de los recursos pesqueros demersales en el mar Mediterráneo. (BOE-A-2020-5163). Esta norma aporta aspectos novedosos y por tanto controvertidos. Establece un sistema de gestión basado en el esfuerzo, principalmente medido en días de pesca, complementado con medidas técnicas. Permite el desarrollo de planes de gestión a escala local que tan buenos resultados han dado y están dando en el Mediterráneo. Por otro lado la imposibilidad de transferir días de pesca entre la flota también puede asegurar cierta estabilidad hasta el 2025. Lo que es muy discutible es adoptar un RMS para una flota tan atomizada y en alguna escala multiespecífica. El establecimiento de vedas de profundidad es también un ensayo con bastantes problemas de cumplimiento. Querer proteger los alevines de merluza por decreto, es una falta de olfato pesquero-político, ya que la tabla expuesta da más pena que gloria sobre el conocimiento de esta especie y su pesquería.
Lo que observo es que los patrones excelentes no van a tener ningún problema con la norma, seguirán realizando su trabajo con eficacia y rendimiento cumpliendo toda la normativa y más la del mercado que es la que pone a cada industrial en su lugar. A propósito de cada uno, leo en la prensa que Francia, tiene una ministra del Mar en el ejecutivo remodelado. España tiene mayor superficie marina y un acervo naval ancestral para al menos discutir si nos es necesario algo de tanta trascendencia.
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