El documento, de carácter orientativo, explica cómo aplicar los artículos clave de las Directivas de Hábitats y Aves a la pesca —comercial y recreativa—, fija pasos, ejemplos y medidas y conecta la gestión de Natura 2000 con la Política Pesquera Común.
La Comisión Europea ha publicado una nota-guía sobre “Natura 2000 y pesca” que aterriza, con detalle operativo, cómo deben los Estados miembros prevenir el deterioro de hábitats, evitar perturbaciones significativas a especies y establecer medidas de conservación en los espacios marinos protegidos, sin dejar de lado la viabilidad del sector. No es vinculante, pero sistematiza obligaciones legales ya vigentes y ofrece un itinerario uniforme para toda la UE.
El texto pivota sobre el artículo 6 de la Directiva Hábitats —con sus apartados 1 (medidas de conservación), 2 (evitar deterioro/perturbación), 3 (evaluación apropiada de planes y proyectos) y 4 (excepciones con compensaciones)— y el artículo 4 de la Directiva Aves para las ZEPAs. La guía recuerda que estas normas se aplican de forma permanente a LIC/ZEC y ZEPAs, y que no cabe eximir categorías enteras de actividades.
La Comisión enlaza la guía con la Estrategia de Biodiversidad 2030, la Directiva Marco sobre la Estrategia Marina y el Plan de Acción para proteger y restaurar los ecosistemas marinos, subrayando que más de 3.000 sitios marinos de Natura 2000 cubren ya más del 9 % de las aguas de los Estados miembros. La pesca es una presión relevante y, a la vez, depende de ecosistemas sanos; de ahí el foco en compatibilizar. natura 2000 and fishing-KH01240…
Paso 1 (art. 6.2): identificar —con la mejor información científica disponible, datos DCF y control pesquero— qué artes o esfuerzos pueden causar deterioro o perturbación y adoptar medidas preventivas sin esperar a que se produzca el daño.
Paso 2 (art. 6.1): fijar objetivos de conservación específicos por sitio y desplegar medidas necesarias (planes, normas, contratos) para alcanzarlos. Deben aplicarse de verdad, no solo aprobarse.
Cuando hay planes o proyectos (art. 6.3): cribado y evaluación apropiada “en función de los objetivos del lugar”, descartando efectos adversos sobre la integridad del sitio; si no hay certezas, no se autorizan, salvo recurso al 6.4 con razones imperiosas de interés público y medidas compensatorias.
“Deterioro” es reducción de superficie, pérdida de estructura y funciones del hábitat o merma del estado de las especies asociadas; la referencia es la condición al declarar el sitio o la mejor alcanzada desde entonces. “Perturbación significativa” es la que contribuye al declive de una población o reduce su área/recursos. Se evalúa contra los objetivos del lugar y en clave dinámica.
Si faltan datos o hay incertidumbre, se actúa preventivamente: restricciones o prohibiciones pueden ser necesarias hasta disponer de evidencia suficiente. La ausencia de datos no justifica aplazar medidas cuando hay riesgo para los valores del lugar. natura 2000 and fishing-KH01240…
La PPC obliga a una gestión ecosistémica y ofrece vías nacionales (medidas técnicas) y regionalización para medidas adoptadas por la UE, con responsabilidad compartida entre Estados que operan en la misma cuenca. La guía alinea objetivos de conservación con instrumentos de la PPC para que Natura 2000 no quede en el papel. natura 2000 and fishing-KH01240…
La nota compila fallos del TJUE que exigen medidas vinculantes (no bastan códigos voluntarios), prevención y evaluaciones rigurosas; también recoge ejemplos bálticos donde se cerraron áreas a artes de fondo para proteger arrecifes y bancos mediante reglamentos delegados. El mensaje: la obligación es efectiva, no declarativa. natura 2000 and fishing-KH01240…
La guía ilustra, por ejemplo, cómo regular dragas en arrecifes designados, ordenar la pesca en áreas de alimentación de mamíferos marinos o someter permisos a evaluación apropiada si pueden tener efectos significativos; también muestra recorridos de recuperación cuando cesa una presión que degradaba un hábitat. natura 2000 and fishing-KH01240…
Los Estados deben facilitar datos a los usuarios científicos bajo el marco DCF y usar técnicas in situ y remotas —satélites, seguimiento de buques, modelos— para diagnosticar riesgos y medir resultados. Sin datos, precaución; con datos, gestión adaptativa. natura 2000 and fishing-KH01240…
Aunque el art. 6.1 es propio de Hábitats, la guía recuerda que las ZEPAs tienen obligaciones equivalentes de objetivos y medidas bajo el art. 4 de Aves, interpretadas de forma coherente con Hábitats para formar una red única que asegure el estado favorable.
Si un plan o proyecto no es necesario para la gestión del sitio y puede afectarlo significativamente, debe evaluarse; solo se autoriza si no perjudica su integridad. Si, pese a todo, prosigue por interés público imperioso, deberá compensar y no hay atajos. natura 2000 and fishing-KH01240…
La nota anima a cuantificar impactos y beneficios socioeconómicos, activar incentivos, apoyar cambios de arte, formación y proyectos de restauración, y comunicar con transparencia para legitimar las decisiones. Sin recursos, la obligación no se cumple. natura 2000 and fishing-KH01240…
Con una amplia costa y numerosos LIC/ZEC marinos, España deberá actualizar objetivos, reforzar cartografías y seguimientos, ajustar medidas técnicas (por ejemplo, cierres para artes de fondo en hábitats sensibles), alinear planes con PPC y EMFAF, y medir resultados ecológicos y sociales. La guía da plantillas y anexos útiles para hacerlo. natura 2000 and fishing-KH01240…
La guía “Natura 2000 y pesca” no reescribe la ley: la ordena, la acerca a la práctica y eleva el listón de coherencia y exigencia. Para el sector, supone reglas más claras y la posibilidad de participar desde el diseño; para las administraciones, método y respaldo jurídico; para el mar, una hoja de ruta para que hábitats y especies mejoren su estado sin expulsar a la pesca, sino haciéndola parte de la solución. natura 2000 and fishing-KH01240…
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