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La UE endurece el cerco a la pesca ilegal con CATCH

Desde el 10 de enero de 2026, los importadores europeos deben tramitar en un sistema digital único los certificados de captura y documentos asociados.

La lucha contra la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada (INDNR) entra en una nueva fase en la frontera comunitaria. La Comisión Europea ha activado el uso obligatorio de CATCH, una plataforma informática en tiempo real integrada en TRACES NT, que centraliza la gestión del esquema europeo de certificación de capturas y aspira a acelerar procedimientos, reducir papel y, sobre todo, mejorar la detección de producto de origen irregular antes de que entre en el mercado de la UE. informe pesca ilegal

La novedad clave es el calendario: desde el 10 de enero de 2026, los importadores de la UE están obligados a presentar en CATCH los certificados de captura y la información asociada para cualquier envío de productos pesqueros que requiera documentación bajo el Reglamento INDNR. informe pesca ilegal
En paralelo, el sistema permite que operadores y autoridades de terceros países creen y validen documentos dentro de CATCH, aunque para ellos el uso es voluntario (y la Comisión lo “recomienda” para evitar fricciones y demoras). informe pesca ilegal

Más detalle en el certificado: buque, arte, zona y fechas

El informe de preguntas frecuentes detalla una actualización de la plantilla del certificado de captura con un objetivo claro: reconstruir con mayor precisión la actividad pesquera “desde el origen” y poder cruzar datos con medidas de conservación, zonas y normativa aplicable. informe pesca ilegal

Entre los campos reforzados destacan:

  • Identificación del buque: obligación de consignar IMO cuando proceda, u otro identificador único (UVI) si existe. informe pesca ilegal
  • Arte de pesca: pasa a ser un dato exigible en el certificado. informe pesca ilegal
  • Fechas de captura “desde–hasta” por marea o periodo de pesca. informe pesca ilegal
  • Zona de captura más desagregada: además del área FAO, se exige indicar ZEE y/o alta mar y, cuando aplique, el área de una OROP/RFMO. informe pesca ilegal

En la práctica, esto empuja a una trazabilidad más “auditada”: no solo qué se captura, sino dónde, con qué arte y bajo qué marco de gestión.

El procesado gana peso: cuándo hace falta “processing statement”

Otro punto de impacto para la cadena (incluida la industria transformadora) es el ajuste sobre la declaración de procesado (Anexo IV). Desde el 10 de enero de 2026, los productos procesados tras desembarque y exportados a la UE deben ir acompañados del processing statement, incluso si el procesado se realiza en el mismo país que actúa como Estado de pabellón. informe pesca ilegal
Además, el Anexo IV actualizado incorpora la obligación de un número único proporcionado por la autoridad que lo refrenda, para facilitar el seguimiento documental. informe pesca ilegal

El documento aclara también qué operaciones se consideran “procesado” (fileteado, ahumado, salazón, cocción, conserva, etc.) y cuáles no (por ejemplo, congelado y/o envasado, por sí solos, no activan el Anexo IV). informe pesca ilegal

Tránsitos y divisiones de partidas: llega el “non-manipulation document”

La UE introduce una pieza documental especialmente relevante para rutas con países de tránsito, almacenes logísticos o operaciones de split (dividir una partida en varias). El nuevo non-manipulation document tiene plantilla propia y es obligatorio desde el 10 de enero de 2026 cuando aplique, con el fin de acreditar que el producto no fue manipulado más allá de operaciones de conservación y que permaneció bajo supervisión de autoridad competente. informe pesca ilegal

El informe avisa de un detalle práctico: un bill of lading no equivale a ese documento, porque no certifica la supervisión por parte de la autoridad del país de tránsito. informe pesca ilegal

Periodo transitorio hasta 2028 y fin de “arreglos administrativos”

Para evitar un choque inmediato con documentos emitidos antes del cambio, se establece un periodo transitorio: hasta el 10 de enero de 2028, CATCH permitirá introducir información de plantillas antiguas para documentos validados antes del 10 de enero de 2026, pero la presentación a la autoridad de un Estado miembro deberá hacerse igualmente a través del sistema. informe pesca ilegal

Además, desde el 10 de enero de 2026 quedan terminados los acuerdos administrativos con siete países (entre ellos Noruega, Islandia, EE. UU. o Canadá) para usar sus plantillas específicas; aun así, se prevé una transición con reglas y fechas de adaptación para esos casos. informe pesca ilegal

El siguiente salto: conexión con la “ventanilla única” aduanera

La hoja de ruta no acaba en CATCH. La propia UE prevé la interoperabilidad con el EU Single Window Environment for Customs (EU CSW-CERTEX) como muy tarde en enero de 2028, para que las decisiones de autorización o rechazo en el ámbito INDNR circulen automáticamente hacia Aduanas. informe pesca ilegal

Impacto para el sector: más control, más datos, más riesgo de fricción si hay papel

El informe es explícito: cuando un exportador o una autoridad de un tercer país no usa CATCH y sigue emitiendo certificados en papel, el importador europeo deberá volcar los datos y subir una copia escaneada; y si falta algún campo obligatorio, el documento no se puede tramitar y habrá que pedir corrección y reemisión. informe pesca ilegal
Por eso Bruselas insiste en que digitalizar desde el origen reduce incidencias, y advierte de que el papel “inevitablemente” puede traducirse en procedimientos más largos. informe pesca ilegal

En el fondo, el mensaje es doble: más robustez contra la pesca INDNR y, al mismo tiempo, un nuevo estándar operativo que exige a la cadena —captura, tránsito, procesado, logística e importación— hablar un idioma documental más homogéneo y verificable. CATCH no elimina la complejidad del comercio pesquero global, pero sí coloca el listón: quien no esté listo en datos y trazabilidad, se expone a retrasos, bloqueos y verificaciones en el acceso al mayor mercado importador del mundo.

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