El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico ha lanzado una consulta pública para la declaración de siete espacios protegidos de la red Natura 2000.
La Evaluación mundial sobre la biodiversidad y los servicios de los ecosistemas, realizada por IPBES (2019), concluyó que más del 65% del área oceánica está experimentando un aumento de los impactos acumulativos, y que los ecosistemas marinos y costeros están sufriendo pérdidas significativas en su extensión y condición.
Para hacer frente a esta acuciante pérdida de biodiversidad, se han de reforzar los marcos
legales, estrategias y planes de acción, para proteger la naturaleza y recuperar la calidad y
cantidad de hábitats y especies.
En este sentido, una de las herramientas más reconocidas desde hace decenios es la
declaración de espacios protegidos, los cuales -cuando están eficazmente gestionados-, han mostrado ser de gran relevancia, tanto para la conservación de la biodiversidad como para la mejora del bienestar y de la calidad de vida local.
Actualmente, la superficie marina protegida en España supera el 12% de sus aguas. Entre las distintas figuras de protección utilizadas por las autoridades competentes para establecer áreas protegidas destaca, por su representatividad y extensión, los espacios que forman parte de la Red Natura 2000 (Lugares de Importancia Comunitaria, Zonas Especiales de Conservación y Zonas de Especial Protección para las Aves), los cuales suponen casi un 8 % de las aguas marinas españolas.
Aun habiéndose realizado en los últimos años importantes esfuerzos para avanzar en la
protección del medio marino (sobre la base del proyecto LIFE INDEMARES, España pasó de
un 1% a un 8% en protección del medio marino), es necesario impulsar aún más el desarrollo de esta Red, con el fin de alcanzar una red ecológica coherente que garantice el
mantenimiento o, en su caso, el restablecimiento en un estado de conservación favorable, de determinados tipos de hábitats y especies.
Esta idea fue también trasladada por la Comisión Europea (CE) a España, tras la celebración del Seminario Marino de Natura 2000 (Malta, septiembre de 2016) con objeto de evaluar la suficiencia de los Lugares de Importancia Comunitaria propuestos en el Atlántico, el Mediterráneo y las regiones marinas de la Macaronesia. Los resultados de este seminario arrojaron evidencias de que España aún debía llevar a cabo un proceso de identificación y declaración de espacios marinos que permitiesen mejorar la protección de las especies de interés comunitario, así como mejorar la propia coherencia y conectividad de la red.
La necesidad y oportunidad de su aprobación
El Gobierno de España tiene como objetivo alcanzar el 30% de superficie marina protegida
en 2030, de acuerdo con la Declaración de Emergencia Climática y Ambiental, aprobada por Acuerdo del Consejo de Ministros de 21 de enero de 2020.
Adicionalmente, la Estrategia de la Unión Europea sobre la Biodiversidad para 2030 recoge
la necesidad de intensificar la protección de la naturaleza y, para ello, marca como objetivo
alcanzar un 30% de protección efectiva, tanto de la superficie terrestre como de la marina para el año 2030.
Finalmente, España forma parte de la Coalición de Alta Ambición por la Naturaleza y los
Pueblos y la Alianza Global de Océanos, que defienden la necesidad de garantizar la
protección de, al menos, el 30% de la superficie marina.
En vista de lo anterior, España ha de promover la declaración de nuevos espacios marinos
protegidos, con miras a cumplir con los compromisos internacionales y nacionales adoptados.
Así, el pasado día 8 de junio de 2022, con motivo de la celebración del Día Mundial de los
Océanos, el Gobierno anunció el compromiso de proteger el 25% de la superficie marina bajo jurisdicción para 2025, como paso intermedio para alcanzar los objetivos fijados para 2030.
La propuesta de los nuevos lugares a proteger tiene un origen doble.
Por un lado, y en el marco del proyecto LIFE INTEMARES, se ha elaborado una propuesta
científica de adecuación de la Red Natura 2000 marina en España, partiendo de las
conclusiones del referido seminario biogeográfico marino de la UE celebrado en Malta, y que ha identificado 104 espacios de alto valor ecológico, 71 por su importancia para especies y hábitats marinos y 33 por su interés para aves marinas. También incluye 35 espacios en los que es necesario alcanzar una mejora del conocimiento.
Sobre esa base, desde el MITECO se ha identificado un conjunto de lugares susceptibles de
ser protegidos, teniendo en cuenta criterios ecológicos y socioeconómicos. Como resultado,
se han priorizado 11 espacios para su valoración y, en su caso, incorporación a la Red Natura 2000.
Se trata de los espacios denominados Montes submarinos del suroeste, ampliación del Banco de la Concepción -ambas en Canarias-, Suroeste Balear, Sponge Sea Mounts, Cañones de Alicante en el Mediterráneo que serán propuesta a la CE como Lugares de Importancia Comunitaria, y un corredor de Zonas de Especial Protección para las Aves (ZEPA) en el norte, desde Cabo Peñas hasta Costa da Morte. Estas áreas suman una superficie adicional de más de 90.000 hectáreas, y supondrían un aumento de más del 9% de superficie protegida.
Por otro lado, desde el Gobierno Vasco se ha trasladado una propuesta de espacio RN 2000
en el ámbito territorial marino frente a la costa este de Gipuzkoa entre Ulia-Jaizkibel-Txingudi que ha sido analizada por el MITECO y concluido la conveniencia de trasladar esta propuesta a la CE como Lugar de Importancia Comunitaria cuya gestión recaerá sobre la Administración General del Estado.
Los objetivos de la norma
Según lo recogido en los artículos 43 y 44 de la Ley 42/2007 de 13 de diciembre, del
Patrimonio Natural y la Biodiversidad, las Administraciones Públicas, en el ámbito de sus
respectivas competencias (y con base en los criterios establecidos en el anexo III de la citada ley y en la información científica pertinente), deben elaborar una lista de lugares de
importancia comunitaria (LIC) situados en sus respectivos territorios que puedan ser
declarados como Zonas Especiales de Conservación (ZEC). Estos LIC, que deberán ser
propuestos a la Comisión Europea para su definitiva declaración, dispondrán de un régimen
de protección preventiva que proporcionará protección a los hábitats y especies de interés
comunitario presentes en el lugar que se encuentren recogidos en los anexos II y V de la
citada normativa.
De la misma manera, una ZEPA, según el artículo 44 de la ya citada Ley 42/2007, es aquel
espacio que se declara por la Administración General del Estado y las Comunidades
Autónomas (en el ámbito de sus respectivas competencias) para la conservación de lasespecies de aves incluidas en el anexo IV de la Ley, así como para las aves migratorias de presencia regular en España, con el fin de establecer medidas de conservación especiales en cuanto a su hábitat, para garantizar su supervivencia y reproducción, y para evitar las perturbaciones que puedan afectarles.
En este contexto, se considera que las siguientes zonas albergan los valores naturales
suficientes clasificados en la citada normativa como para proponer su designación como LIC
o ZEPA, contribuyendo así a la conservación de los mismos y a la consecución de los objetivos descritos anteriormente:
Como zonas a proponer como LIC se señalan las siguientes:
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