El Tribunal Constitucional (TC) ha admitido a trámite el recurso del Gobierno contra la Ley 4/2023, de 6 de julio, de ordenación y gestión integrada del litoral de Galicia, al tiempo que ha suspendido parcialmente su aplicación, según ha informado este lunes la corte de garantías.
La Ley 4/2023 –aprobada el pasado julio con los votos a favor del PP y la abstención del BNG y PSdeG– contempla la asunción por parte de la Xunta de las competencias en gestión del espacio marítimo-terrestre.
El Gobierno gallego defiende que dichas competencias están definidas en el Estatuto de Autonomía pero Moncloa cree que la ley «invade competencias estatales» en distintos ámbitos, hasta el punto de incorporar «de manera unilateral» el mar al territorio de la comunidad autónoma.
El Ejecutivo de Pedro Sánchez aduce además que la ley «reduce la protección de los terrenos contiguos a la ribera del mar», alegando que «las comunidades autónomas pueden ir más allá de la protección del litoral, pero nunca ir a menos».
Moncloa también alega que los preceptos impugnados podrían vulnerar las competencias del Estado sobre el procedimiento administrativo común, la legislación básica sobre contratos y concesiones administrativas, pesca marítima, marina mercante y competencia sobre medio ambiente.
El Constitucional estudiará ahora el fondo del asunto y, entretanto, ha suspendido la vigencia y aplicación de los preceptos impugnados, desde la fecha de interposición del recurso (11 de octubre de 2023) para las partes y desde el día en que aparezca publicada la suspensión en BOE para terceros.
Así lo ha acordado el Pleno porque el Gobierno invocó en su recurso el artículo 161.2 de la Constitución, que prevé que las impugnaciones del Ejecutivo central contra disposiciones y resoluciones adoptadas por las comunidades autónomas puedan quedar en suspenso, si así se pide.
Cabe recordar que la semana pasada, el TC ya admitió a trámite la impugnación del Ejecutivo contra otra ley gallega (la 7/2022) que concede a la Xunta competencias en la gestión de las costas, acordando al mismo tiempo la suspensión de los artículos impugnados.
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