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Baleares endurece las reglas de pesca para proteger al verderol: estos son los cambios

El Govern endurece las reglas de pesca para proteger al verderol: estos son los cambios

La Conselleria de Agricultura, Pesca y Medio Natural del Govern balear ha aprobado una serie de modificaciones normativas destinadas a reforzar la protección de especies marinas clave, como el verderol (también llamado serviola), con nuevas tallas mínimas, limitaciones en la captura y medidas de vigilancia más estrictas. Estos cambios persiguen asegurar la sostenibilidad y conservación de las poblaciones frente al extractivismo recreativo y profesional.


¿Qué cambia?

  1. Talla mínima permanente para el verderol
    • Se fija en 35 centímetros como talla mínima para la pesca recreativa del verderol (Seriola dumerili) durante todo el año.
    • Anteriormente, la normativa permitía capturar verderol con talla mínima de 30 cm entre el 1 de julio y el 15 de septiembre en Menorca y Mallorca, y hasta el 30 de septiembre en Ibiza y Formentera. Fuera de esas fechas, no había límite mínimo.
  2. Límites en capturas por persona/día
    • Se propone reducir ampliamente la cantidad de ejemplares que puede capturar cada pescador recreativo en un día una vez acabada la veda. La regulación anterior permitía capturar más de 50 ejemplares por persona/día; la nueva normativa lo limita a 11 ejemplares.
  3. Normativas para otras especies
    • Se incrementa también la talla mínima para el cap-roig (Scorpaena scrofa), que pasa de 25 cm a 30 centímetros para la pesca recreativa.
    • Para la musola (Mustelus mustelus), especie de tiburón costero, se establece una talla mínima de 95 cm (o en algunos textos “110 cm”, en función del tipo de medida de madurez sexual considerada) en aguas interiores de Baleares. Esta medida es pionera en Europa para esta especie.
  4. Eliminación de la veda para el verderol
    • La nueva orden elimina la veda que hasta ahora impedía pescar verderol en ciertos períodos del año, permitiéndose su captura durante todo el año, pero sujeto a las nuevas tallas mínimas.

Fiscalización y sanciones

  • Inspectores de pesca de la Conselleria han decomisado ejemplares de verderol en Ibiza (Reserva Marina de es Freus) capturados por pescadores recreativos con tallas de entre 26 y 29 cm, claramente por debajo de los nuevos 35 cm.
  • La infracción se considera muy grave, y puede conllevar multas de hasta 60.000 euros.
  • Además, se exige que los ejemplares capturados cumplan con la norma de cortar el lóbulo inferior de la aleta caudal, requisito que estaba vigente desde 2014.

Argumentos de la administración vs. reacciones del sector

  • Argumentos favorables
    La Conselleria afirma que estas medidas permitirán conservar mejor las poblaciones de verderol y cap-roig, evitar la captura de ejemplares jóvenes que aún no se han reproducido, y asegurar un mejor aprovechamiento sostenible de los recursos marinos. Se subraya además que estas normativas surgen en buena parte de peticiones del sector pesquero y de entidades de conservación.
  • Reticencias y críticas
    Algunos pescadores recreativos consideran que la medida planteada, especialmente el aumento de la talla mínima y el límite de capturas por día, puede resultar demasiado restrictiva, dificultando la pesca de ocio. También se ha expresado preocupación sobre la disponibilidad de ejemplares que cumplan con los 35 cm, lo que podría reducir las salidas de pesca o aumentar los desplazamientos.

🔬 Aspectos biológicos destacados

  • El verderol tiene un crecimiento bastante rápido: en pocas semanas durante el otoño puede pasar de aproximadamente 20 cm a los 35 cm y un peso considerablemente mayor. Esto justifica en parte que una talla de 35 cm asegure que muchos ejemplares hayan alcanzado ya un tamaño más viable para la pesca.
  • En cambio, para el cap-roig, la talla mínima anterior permitía capturar ejemplares que no habían alcanzado la madurez sexual de las hembras, lo que puede afectar la capacidad reproductiva poblacional. La nueva regulación apunta a corregir esa discrepancia.

Vigencia y normativa

  • Las modificaciones se han recogido en una Orden del Govern balear, publicada en el BOIB (Boletín Oficial de las Islas Baleares).
  • En la mayoría de los casos, ya están vigentes para la pesca recreativa dentro de las aguas interiores del archipiélago. Las sanciones por incumplimiento se aplican conforme a la Ley 6/2013, de pesca marítima, marisqueo y acuicultura en las Illes Balears.
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