Galicia

Archivado el proceso sancionador contra el espadero en la aplicación de las normas CITES

La Organización de Productores Pesqueros del Puerto de Burela valora «de forma muy positiva el archivo de todo el proceso sancionador iniciado hace un año (22 diciembre 2022) contra el buque «Playa de Ril» por diferencias en la aplicación de la normativa CITES entre España y Portugal por 12.231 kg de marrajo dientuso procedentes del Atlántico Sur».

Un año después de iniciarse el procedimiento, la resolución de la justicia portuguesa es absolutoria en todos los extremos y archiva todo el proceso sancionador contra el buque pesquero gallego y su patrón. El dictamen se ha conocido justo al cumplirse un año de su inicio y considera que la conducta del patrón y del buque no pueden considerarse negligentes ni ilícitas, y que se debió a las diferencias en la aplicación de las normas entre España y Portugal. Además, la resolución aprovecha para pedir a las autoridades CITES de los diferentes países de la Comisión Europea que se coordinen en sus procedimientos.

El pasado 22 de diciembre de 2022 la Direçao Regional da Conservaçao da Natural e Florestas, dependiente del Instituto da Conservaçao da Natureza e das Florestas de Portugal, que gestiona las especies de los anexos A y B de CITES, inició un expediente sancionador en el puerto de Peniche al buque español «Playa de Ril por una supuesta infracción ambiental muy grave sancionable con una multa de entre 10.000 y 100.000 euros al patrón del buque y a la empresa como responsable subsidiaria».

Esta actuación tuvo una gran repercusión mediática en Portugal y entre la flota española, ya que la información publicada confundía este expediente con el apresamiento de otros buques portugueses con pez espada no declarado, apresamientos que no tenían relación alguna con el buque «Playa de Ril».

Posteriormente, y aunque el Juzgado de Peniche ya había desestimado la responsabilidad penal y se había liberado la carga para su comercialización, el ICNF había seguido con el expediente administrativo sancionador, apoyándose en el argumento de una pesca ilegal y no documentada.

Las alegaciones presentadas por el buque contaban con un informe de las autoridades CITES del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico que demostraba que este buque estaba entre los autorizados para las capturas y comercialización del marrajo (publicado en el BOE) y que había seguido todos los procedimientos establecidos en España.

Esta cuestión se considera de máximo interés en la actualidad para la flota palangrera de superficie, ya que desde el pasado 25 de noviembre la tintorera (quenlla o tiburón azul), su principal especie de sus capturas junto al pez espada, también está incluida en el Anexo II de CITES.

europaazul

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