Tras conocer la sentencia del Tribunal Supremo que rechaza el recurso de la Plataforma en Defensa de la Pesca y los Ecosistemas Marinos contra los planes de ordenación del espacio marítimo (POEM), la consejera ha declarado que la eólica marina es una fuente de energía renovable necesaria para seguir descarbonizando la economía y la sociedad, pero que su instalación no puede perjudicar ni los ecosistemas marítimos ni la actividad pesquera.
En esta línea, ha señalado que dichos criterios serán tenidos en cuenta a la hora de realizar las evaluaciones ambientales individuales de dichos proyectos de construcción de parques eólicos marinos «cuando lleguen».
Los POEM reservan un espacio limitado para la eólica marina con 19 polígonos en una superficie que representa el 0,46 % del espacio marítimo del país.
En la zona noratlántica se prevé la instalación de ocho parques y, en el caso de Asturias, fijan tres zonas para la posible instalación de aerogeneradores que suman 334 kilómetros cuadrados sobre un total 10.000.
En una sentencia conocida ayer, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha desestimado el recurso que interpuso la Plataforma en Defensa de la Pesca, que consideraba que la regulación «vulnera los principios económicos de la Constitución» al priorizar la implantación de la energía eólica marina, en perjuicio del sector de la pesca.
Según los jueces, «no puede sostenerse que el planificador, al seleccionar unas zonas en las que ubicar preferentemente las instalaciones de energía eólica marina -y evitar así su dispersión desordenada por todo el medio marino de soberanía española-, haya olvidado la presencia de la pesca ni su interacción con la eólica».
«Los planes recurridos, como en ellos se refleja, han tomado en consideración en sus decisiones de ordenación una copiosa información atinente a la actividad pesquera», según el contenido de la sentencia.
Los jueces han determinado que los planes obligan a tener en cuenta en todo momento la pesca en las zonas seleccionadas para la energía eólica, interacción o solape que «deberá resolverse al tiempo de la autorización de los correspondientes proyectos», según sus leyes nacionales o sectoriales.
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