Las embarcaciones de pesca de bajura y de litoral podrán ya tomar parte en la próxima costera del bonito en el Cantábrico con determinadas condiciones, según ha publicadoel Boletín Oficial del Estado (BOE).
El real decreto permite que aquellas embarcaciones de pesca local o litoral que tengan cubierta podrán cambiar su clasificación o ampliar la zona de actividad, de forma temporal y siempre con autorización previa de la Dirección General de la Marina Mercante, para, entre junio y septiembre, participar en la costera del túnido en el Cantábrico Noroeste.
Eso sí, tendrán que ir en grupo, nunca en solitario, con buen tiempo y, por supuesto, si se trata de un barco que desarrolla actividades de pesca-turismo, no podrá llevar turistas cuando vaya a por el bonito del norte.
Con esta orden se atiende una antigua reivindicación de una parte del sector pesquero que, ya fuese por condicionantes relacionados con las titulaciones de sus patrones o por las exigencias de equipamiento en materia de telecomunicaciones, seguridad o prevención de la contaminación, se veía expulsada de esta campaña.
Tanto si se trata de un cambio temporal de clasificación del barco como si es una ampliación temporal de la zona de actividad, los buques tendrán que realizar los nuevos cálculos de estabilidad, adaptar la habilitación a las nuevas condiciones de trabajo y número de tripulantes, así como los dispositivos de salvamento —que serán los correspondientes a su clasificación habitual—, instalar equipos que permitan su localización en el mar y otras adaptaciones que tienen que ser planteadas a Marina Mercante para solicitar el cambio temporal.
Condiciones meteorológicas
También se habla en la orden de las condiciones meteorológicas consideradas como aquellas que no superan de manera continuada olas de dos metros de altura y los vientos no superan la fuerza 4 en la escala de Beaufort; esto es, menos de 30 kilómetros por hora.
En esos días buenos podrán salir siempre que cumplan una serie de requisitos de seguridad y prevención de la contaminación que recoge el propio decreto, lleven el botiquín adecuado y haya a bordo un patrón titulado para realizar esta campaña. Si se dan esas circunstancias, aquellas embarcaciones de pesca local con esloras entre 6,5 y 8,5 metros, podrán alejarse hasta un máximo de 30 millas de la costa española, 45 si se trata de buques de más de 8,5 metros. Si se trata de barcos de pesca litoral que miden entre 9,5 y 15 metros, podrán salir hasta un máximo de 100 millas en pos del bonito y 140 si miden más de esos 15 metros.
La Administración tiene de plazo tres meses para responder y, además, el barco deberá pedir el permiso temporal para participar en la costera.
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