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sábado, abril 20, 2024
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Los dos modelos de lo Códigos de Conducta Responsable: Unilateral y Multilateral

Los Códigos de Conducta Responsable CDS actuales son esquemas multilaterales basados ​​en el derecho internacional de los tratados que establecen las Organizaciones Regionales de PescaOROP y sus poderes normativos, con la excepción del CDS de la UE, que es un esquema unilateral basado en el Reglamento INDNR de la UE, mientras que el  llamado SIMP (1) de EE. UU sea un CDS.La diferencia fundamental entre el Reglamento INDNR de la UE y los esquemas actuales basados ​​en las OROP es que limita el rango de acción abierto a la UE para regular el funcionamiento de su CDS. Los límites del alcance normativo de la UE se aplican específicamente a los buques pesqueros, las aguas, los territorios y los socios comerciales que están fuera de la jurisdicción de la UE.

Autor Francisco Blaha

Dado que ningún país o bloque de naciones puede imponer normas internacionalmente vinculantes, la UE decidió en 2008 regular los tipos de productos pesqueros que podrían o no entrar en su territorio. Decidió que  los productos de la pesca procedentes de la pesca INDNR se les negaría la entrada en el mercado común de la UE a principios de 2010. El mercado de la UE -y no una pesquería o poblaciones de peces en particular- es la base del CDS de la UE.

En todos los demás casos, la pesquería y las poblaciones bajo el control de una OROP son la base del CDS, y está establecido legalmente a través de un MMC de una OROP que es vinculante para sus miembros y tiene fuerza de ley internacional. Las MMC cubren las dimensiones de cosecha y comercio de los CDS y son aplicables a toda la pesquería, todo el comercio independientemente de la longitud y permutaciones de la cadena de suministro y, por extensión lógica, todas las partes interesadas que se ocupan de los productos en la pesca o en el comercio internacional .

Los CDS actuales basados ​​en las OROP abarcan toda la unidad de existencias en toda su área de distribución mundial y, por lo tanto, también deben entenderse como una medida de ordenación pesquera que respalda la conservación y gestión de la especie en su conjunto. Cualquier stock gestionado bajo un CDS está sujeto a su protección conferida por el código

Otra diferencia importante entre el régimen de la UE y los esquemas basados ​​en las OROP es que bajo los primeros cualquier pesquería deben certificarse si finalmente se exportarán al mercado de la UE. Según los esquemas de las OROP, por otro lado, todos los peces capturados podría estar sujetos a certificación independientemente de su destino final.

El esquema de la UE, por lo tanto, protege su mercado de la importación de productos ilegales, mientras que los esquemas de las OROP protegen a poblaciones enteras de la pesca INDNR. El esquema de la UE solo protegería eficazmente las poblaciones de la pesca INDNR si toda la captura de una pesquería individual se comercializara en la UE, es decir, si se maximizara la «inclusión».

Si bien la UE es uno de los mercados mundiales de importación más importantes para los productos pesqueros, de hecho, hay pocas pesquerías de las cuales la mayoría de las capturas se exportan a la UE.

Los tres principales mercados mundiales de atún son la UE, Japón y los EE. UU y una cantidad de mercados emergentes están ganando importancia gradualmente. La importancia de un mercado varía según el producto que se comercializa: el mercado japonés, por ejemplo, es significativo para el atún sashimi, mientras que los mercados de EE. UU, y la UE son más importantes para el atún en conserva o enlatado.

Ee Código de Conducta para la Pesca Responsable, que guía el trabajo de la FAO en la pesca, es esencial su cumplimiento para que las medidas de gestión pesquera se apliquen a la unidad de stock en su conjunto para lograr el efecto deseado.

Si se van a proteger determinadas poblaciones de atún a través de CDS, y si se desea maximizar el impacto de la CDS, estos sistemas deberían aplicarse a la unidad de stock como un todo. Todas las capturas deberían estar sujetas a certificación y todo el comercio debería estar cubierto. De ello se deduce que, idealmente, los CDS de atún deberían aplicarse a especies individuales y sus poblaciones, y ser multilaterales por naturaleza.

Por lo tanto, exploramos la opción de CDS multilateral como el mecanismo más apropiado para diseñar CDS de atún, y destacar las experiencias y lecciones aprendidas del Reglamento INDNR de la UE cuando corresponde.

1- SIMP no prevé el desarrollo y la implementación de un sistema de certificación en el sentido clásico de CDS, y las validaciones de la documentación específica del esquema normalmente no serán provistas por las autoridades competentes a lo largo de la cadena de suministro antes de la exportación final al mercado estadounidense. La responsabilidad de recopilar información de la cadena de suministro que establece la supuesta legalidad de los productos importados recaería en gran medida en los importadores bajo el SIMP.

Nota: Esta revista no se hace responsable de las opiniones remitidas por sus colaboradores.

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