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miércoles, abril 24, 2024
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El Gobierno Vasco concede ayudas a la innovación pesquera

El Gobierno Vasco ha convocado con 1.600.000 euros las ayudas a la investigación, desarrollo e innovación de los sectores agrícola, forestal y de los productos de la pesca y la acuicultura de la Comunidad Autónoma del País Vasco.Estas ayudas están destinadas a «estimular e incentivar» la investigación, el desarrollo y la innovación en los sectores agrario y pesquero de Euskadi, con la finalidad de «aumentar la eficiencia, mejorar la competitividad, contribuir al crecimiento sostenible y fomentar la cooperación en estos sectores».

La dotación económica destinada a financiar estas ayudas asciende a 1.600.000 euros, procedentes íntegramente de los presupuestos de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

A través de estas ayudas se financiarán los proyectos de investigación fundamental, investigación industrial y desarrollo experimental; los estudios de viabilidad técnica relacionados con proyectos de I+D+i; y la innovación en materia de organización en actividades de servicios.

Los destinatarios para las dos primeras líneas de ayuda serán las empresas, asociaciones y fundaciones, las agrupaciones, los centros tecnológicos y los organismos de investigación y difusión de conocimientos, que pertenezcan a los sectores agrario o pesquero.

Las personas beneficiarias para las ayudas a la innovación en materia de organización en actividades de servicios serán empresas, asociaciones y fundaciones y agrupaciones que pertenezcan a los sectores agrario o pesquero.

LAS SOLICITUDES

Las personas solicitantes deberán presentar la solicitud de ayuda dirigida al Director de Calidad e Industrias Alimentarias del Gobierno Vasco. El impreso de solicitud y la documentación necesaria, que se detallará en la orden de convocatoria, estarán disponibles en la web www.euskadi.eus/ayudas_appa/.

El plazo de presentación de las solicitudes será de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de la orden en el Boletín Oficial del País Vasco (BOPV).

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